La Audiencia Nacional ha condenado a 30 años, pero con un cumplimiento máximo de 20 años de pena, a los grapo José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro hace 22 años del empresario aragonés Publio Cordón.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal que les juzgó el pasado mes ha dictado una sentencia condenatoria para ambos, para quienes el fiscal pedía 37 años y 10 meses de cárcel por la muerte y el secuestro.
Teijelo y Gómez estaban acusados de alquilar la casa de Lyon (Francia) donde estuvo cautivo el empresario aragonés y de enterrar su cuerpo, pero en el juicio negaron su participación en los hechos e, incluso en el caso del primero, que fuera miembro de la banda terrorista en ese momento.
Ambos están en la cárcel por su colaboración con el Grapo y alquilaron la casa de Lyon haciéndose pasar por profesores españoles de francés, según considera probado el tribunal.
Los dos estuvieron en el chalé hasta que Cordón, encerrado en un armario de la buhardilla empotrado de 1,71 metros de largo por 1,21 de ancho, intentó escapar, cayó al vacío desde una ventana, quedó malherido y al poco murió. Su cuerpo fue enterrado después por sus captores en el Mont Ventoux francés.
En el juicio, Teijelo quiso desmontar la versión del arrepentido Fernando Silva Sande, ya condenado por ese secuestro, y negó que le marcara en la cárcel sobre un plano el lugar donde habían enterrado el cuerpo, que la Guardia Civil ha buscado sin éxito en diversas ocasiones.
Precisamente, los investigadores, que ya dieron por esclarecido el suceso, no lo dan por cerrado hasta que se localicen los restos de la víctima, porque será en ese momento cuando se demostrará que el empresario falleció.
En la buhardilla, los dos condenados y Silva Sande recluyeron a Cordón en un armario empotrado. Las muescas de letras y números que el secuestrado efectuó en la jamba del armario han servido de prueba para demostrar que la víctima estuvo allí, ya que los análisis caligráficos consideraron que era la caligrafía del empresario, lo que la sentencia también valora y califica de "contundente".
Eximidos del delito de estafa
Durante el cautiverio, "y como prueba de vida", el comando permitió a Cordón redactar de propia mano varias cartas que, fiscalizadas y censuradas por los "grapo", eran enviadas a la familia.
ADN de María Victoria Gómez fue hallado en alguna de ellas, lo que considera también probado el tribunal.
El fallo hace referencia a la declaración en el juicio de Silva Sande, y aunque reconoce que las relaciones con Teijelo y Gómez no son buenas, el tribunal resalta que su colaboración en 2008 permitió localizar la casa de Lyon.
Además, tiene en cuenta la declaración de otra coimputada, Concepción González Rodríguez, coincidente con las manifestaciones de Silva Sande en el sentido de que en el traslado de Cordón hasta Lyon, ella misma y otro "grapo" fueron sustituidos por los condenados en un punto determinado de Francia.
Pese a que el fiscal pidió para ambos acusados prisión también por un delito de estafa, ya que la familia de Cordón llegó a pagar 400 millones de pesetas por el rescate al creer que el empresario estaba vivo, el tribunal entiende que no hay prueba alguna que relacione a Teijelo y Gómez con ese delito.
Así, precisa que "no participaron ni en la negociación ni en el cobro del rescate".
Tampoco les puede atribuir el tribunal el delito de homicidio por omisión, como pedía el fiscal, ya que "no existe elemento objetivo alguno que corrobore la imputación" en este sentido de Silva Sande "para poder atribuirles tal acción".
Y es que al no haberse encontrado todavía el cadáver, el tribunal "no puede inferir jurídicamente" que el empresario aragonés falleció de la forma que se relató en el juicio, es decir, que se cayó del tejado de la vivienda y murió sin ser socorrido convenientemente por sus guardianes.
Pero además, entiende que no puede acusarse de ese delito porque el propio Silva Sande ha enviado, "en el momento de redactar esta sentencia", un escrito al presidente del tribunal donde "refiere que llevaron el cadáver a los Pirineos, cordillera que está bastante alejada del Mont Ventoux, que pertenece a los Alpes.
Sí les acusa, no obstante, de detención ilegal y considera probado que ambos custodiaron a la víctima cerca de dos meses sin dejarle salir del lugar donde le tenían detenido.
La sentencia condena a los acusados a indemnizar a la esposa de Cordón, Pilar Muro, con el equivalente en euros de los 400 millones de pesetas que pagó por el rescate, además de otros 500.000 euros, así como a abonar a cada hijo del empresario 1 millón de euros.