El titular del juzgado Central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, ha condenado al presidente de la entidad independentista Catalunya Acció que promovió la pitada al himno y a Felipe VI en la final de la Copa del Rey de 2015 a una multa de 7.200 euros por los dos delitos de injurias a la Corona y ultrajes a España.
El magistrado considera que el manifiesto que el acusado publicó en la red social Facebook, -en el que proponía la pitada al himno de España y al Rey en el partido del F.C. Barcelona contra el Athletic Club de Bilbao-, no está amparado por el derecho a la libertad de expresión, difusión de pensamiento, ideas u opiniones.
En su sentencia, el juez Vázquez Honrubia considera probado que el acusado, "en ejecución de un plan preconcebido y planificado por él mismo y con el deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al Jefe del Estado español y al himno nacional, por lo que ambos representan como símbolos para los sentimientos colectivos identificados con la nación española", convocó a una pitada general durante el final del partido celebrado el 30 de junio de 2015.
En ese manifiesto, Espot escribió que "era una ocasión inmejorable para manifestar una vez más que queremos dejar de ser súbditos del reino de España para convertirnos únicamente en ciudadanos de una Cataluña independiente".
Durante el juicio, celebrado la segunda semana de diciembre en la Audiencia Nacional, el líder de Catalunya Acció defendió que él era únicamente un independentista que "escribió algo", haciendo uso de su libertad de expresión. Sin embargo, el juez rechaza la tesis de su defensa y acuerda que el bien jurídico protegido es la Institucción de la Corona en cuanto institución integrante de la estructura constitucional.
La Fiscalía pidió para él una multa de 14.400 euros por los dos delitos de injurias a la Corona y ultraje a España, aunque el juez finalmente le ha impuesto una multa que asciende a la mitad: 12 meses con una cuota diaria de 20 euros, lo que equivale a 7.200 euros.
Los gritos impidieron que se escuchara el himno
La iniciativa impulsada por Espot, y a la que se adhirieron otras 11 asociaciones independentistas como Sobirania i Progrès, Centre Autonnomista de Dependents del Comerc i de la Industria (CADCI) o la Plataforma per el Dret a Decidir, tuvo un absoluto éxito.
Antes de que comenzara el partido, mientras sonaba el himno nacional, el público prácticamente al completo levantó cartulinas de los colores de los dos equipos que se disputaban el partido y emitieron una sonora pitada que apenas permitía escuchar la música.
El juez Vázquez Honrubia también considera probado que "los hechos fueron presenciados públicamente por millones de personas y generaron un sentimiento de indignacción en gran parte de la población española en cuanto fuero despreciados y rechazados símbolos representativos de su dignidad como pueblo y como Nación".
Durante el juicio, Santiago Espot, dijo que "al Rey lo trata como tal y como monarca, sin entrar en valoraciones personales" pero, según el juez, "la persona del Rey encarna la institución de la Corona como representación y como símbolo de todos los poderes públicos españoles, estatales, autonómicos y municipales, y por ello se le otorga, como a otros símbolos e instituciones constitucionales, una especcial y expresa protección penal".
El magistrado considera que con la promoción de esta pitada, Espot no pretedía, como manifestó en el juicio, expresar el deseo de la consecución de la independencia de Cataluña, sino que quería "despreciar al Rey de España y su dignidad institucional".
En este sentido, Vázquez Honrubia expone que "para declarar en público ideas independentistas es innecesario el escarnio y vilipendio a la figura del Rey y del himno nacional. Se perseguía insultar y despreciar con el aditamento de la desmesura en la acción al ser el partido retransmitido a toda la Nación Española e incluso fuera de nuestras fronteras".