Francisco Nicolás Gómez Iglesias, el 'Pequeño Nicolás' ha sido absuelto del delito de calumnias cometidas con publicidad y de injurias contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de los que estaba acusado.
El titular del juzgado de lo Penal número 16 de Madrid ha considerado que el CNI no es objeto pasivo de las injurias contra los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, pues considera que no se encuentra dentro de éstos.
El magistrado considera que las afirmaciones que Francisco Nicolás hizo en tres entrevistas al diario 'El Mundo' y el programa de Telecinco 'Un tiempo nuevo', y a raíz de las que parte la denuncia en nombre del CNI "no están dirigidas a la Institución como tal".
En estas entrevistas, el 'Pequeño Nicolás' afirmó que "su teléfono había sido pinchado ilegalmente por el CNI durante dos meses" y que éstos estaban fabricando pruebas falsas en su contra, hecho por el que iba a denunciar al entonces comisario de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas. Sin embargo, el magistrado entiende que "del propio devenir del proceso y de la actuación de las acusaciones a lo largo del mismo se infiere que su objeto quedó circunscrito a las manifestaciones del acusado relativas al CNI, estimándose que su extensión a los citados funcionarios entraría en contradicción con las exigencias del principio acusatorio".
La sentencia llega menos de un mes después de que se celebrara el juicio contra él en los juzgados de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid. Durante éste, el joven pidió perdón al cuerpo de inteligencia.
Su abogada, María Victoria Vega Sánchez, solicitó durante el juicio que Gómez Iglesias fuera absuelto y declarado inimputable en el resto de causas que hay abiertas contra él en otros juzgados por el trastorno de la personalidad de carácter narcisista que padece. Tanto una médico forense a la que Nicolás y su defensa pidieron un informe médico como los propios médicos forenses de los juzgados, han confirmado ese trastorno. De ahí que su defensa solicitara que dicho trastorno fuera considerado como una eximente completa de responsabilidad criminal como viene reflejado en el artículo 20.1 del Código Penal.
La Abogacía del Estado, de quien partió la denuncia, solicitó la pena más alta para el joven, una multa económica de 180.000 euros por injurias y calumnias contra los órganos del Estad. La Fiscalía, por su parte, pidió que se le castigue con una multa de algo más de 5.000 euros por el mismo delito. Finalmente, el Tribunal ha decidido absolverle por la falta de tipicidad penal de los hechos enjuiciados.