El fiscal del Tribunal Supremo Fidel Cadena ha solicitado este lunes a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que confirme el procesamiento del expresidente Carles Puigdemont y del resto de los investigados por el procés de independencia en Cataluña al considerar que su actuación puede calificarse, parafraseando a Gabriel García Márquez, de ser la "crónica de una rebelión anunciada". Por ello pide que las conclusiones del instructor de la causa, Pablo Llarena, se confirmen "en todos sus términos".
Así lo han señalado fuentes presentes en la vista de apelación celebrada ante los magistrados Miguel Colmenero Menéndez, Alberto Jorge Barreiro y Vicente Magro, que han escuchado durante tres horas y media los argumentos de los recursos de un total de 16 procesados, además del defendido por la acusación popular ejercida por Vox.
Las defensas ha aludido al nuevo momento político -sin concretar si se referían al cambio de Gobierno-, e incluso a que "el derecho penal también es negociación", para insistir en que tanto el procesamiento como las órdenes de prisión dictadas por Llarena deben ser revocadas.
La alusión a la negociación de las cuestiones penales de este caso la ha realizado el abogado del exvicepresidente Oriol Junqueras y otros investigados de ERC Andreu Van den Eynde.
Falta de competencia para investigar
Los abogados defensores de los 23 procesados han insistido durante su intervención ante la Sala en la falta de competencia del Supremo para investigar este asunto toda vez que actualmente otros juzgados españoles también están haciéndolo, como es el de instrucción número 13 de Barcelona, y porque el hecho de que informes solicitados en ellos acaben en el Supremo les produce indefensión.
Siguen insistiendo, según las fuentes consultadas, en que no existió la violencia alegada por las acusaciones para sustentar el delito de rebelión y que, muy al contrario, lo que existió el día del referéndum ilegal del 1 de octubre fue "represión policial" frente al "pacífico e incluso" comportamiento de los participantes en la consulta. También han negado el uso de fondos públicos que justifique un procesamiento por malversación.
"Todas las defensas hemos reiterado tanto la falta de indicios racionales del delito de rebelión y del delito de malversación como el cúmulo de irregularidades que se han dado en toda la tramitación de la instrucción y por el cual varias de las defensas hemos solicitado la nulidad de toda la instrucción y del propio auto de procesamiento", ha dicho el abogado de Carles Puigdemont, Jaume Alonso-Cuevillas, a los medios de comunicación al término de la vista.
Por su parte, el defensor del expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y de los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull -los tres actualmente diputados del Parlament- ha ironizado sobre el "gran éxito" que han tenido todos los recursos presentados a la Sala anteriormente, pues todos ellos han sido denegados. "Llevamos muchos meses haciendo recursos, haciendo peticiones que a nosotros nos parecen absolutamente legítimas y cargadas de sentido común y amparadas en derecho y no nos resuelven nada favorablemente", ha añadido el abogado Jordi Pina.
Petición de nuevas diligencias
Pina ha aprovechado para recordar que parece que el Tribunal Supremo tiene una "especie de prisa" para terminar con la instrucción, pero aún así el abogado ha pedido al juez instructor Pablo Llarena continúe practicando varias diligencias relacionadas con el asedio a la Consejería de Economía de la Generalitat el pasado 20 de septiembre porque las considera necesarias para que se pueda celebrar un "juicio con todas las garantías".
El letrado, que no ha querido dar más detalles de lo pedido, ha afirmado que se le ha denegado la declaración como testigo del cantautor y diputado Lluís Llach, que también estuvo presente el día del registro de la sede económica catalana, por lo que ha recurrido esta decisión para que el magistrado le explique el motivo de su rechazo cuando sí aceptó otras testificales.
El trámite realizado este lunes había sido señalado inicialmente para el pasado 6 de junio, pero se suspendió debido a un error en la tramitación con el escrito del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.
Los magistrados han revisado los recursos presentados contra el auto del juez Llarena en el que confirmó los procesamientos de Puigdemont, del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras; Jordi Sànchez; los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Clara Ponsatí (en Escocia), Lluís Puig (en Bélgica) de la secretaria general de ERC Marta Rovira y de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, todos ellos procesados por rebelión y algunos por malversación.
También han apelado los que exmiembros de la Mesa de la cámara parlamentaria Joan Josep Nuet y Anna Simó, acusados de desobediencia; los exconsellers Carles Mundó y Santi Vila, de desobediencia y malversación; así como Cuixart, al que se imputa inicialmente rebelión.
Rebelión o conspiración para cometerla
Precisamente en este auto el magistrado instructor apuntó por primera vez a la posibilidad de que los hechos puedan ser calificados como conspiración para la rebelión, reafirmándose en que concurre el requisito de la violencia para imputar este delito. Asimismo, indicaba que en el "caso hipotético" de que no se acredite que esa violencia iba dirigida a conseguir la independencia de Cataluña se podría atribuir a los procesados el delito de sedición.
La confirmación de esta resolución -en la que se procesó a un total de 22 investigados- supondría cumplir con los criterios establecidos por el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para suspender de funciones a 11 de estos investigados y evitar así que puedan ejercer cargos públicos. Además, este artículo exige que haya decretada una situación de prisión, que se da en el caso de los que están procesados por el delito de rebelión, incluidos los que se encuentran fugados de la Justicia española.
La suspensión automática se daría en el caso de Puigdemont, Junqueras, Sànchez, Turull, Rull, Romeva y Comín, que mantienen su acta como diputados en el Parlament. Por otro lado, Bassa, Ponsatí, Puig y Forcadell no podrían acceder en un futuro a ningún cargo público ni presentarse a unas listas electorales mientras se encuentren en la cárcel y la aplicación de este artículo se mantendría hasta que haya una sentencia, que de ser condenatoria supondría penas de inhabilitación.
Si bien algunas de las defensas han apuntado que en el caso de los investigados huidos de la justicia española no está tan claro que la suspensión sea automática porque no se encuentran en una situación de privación de libertad como sí ocurre para los otros nueve que están en prisión preventiva.