El Poder Judicial otorga el amparo a Llarena ante el "ataque planificado" de Puigdemont a su independencia
La Comisión Permanente del CGPJ considera que la demanda contra el juez presentada en Bélgica "intenta, sin disimulo, someter las actuaciones soberanas de España a la jurisdicción de un Estado extranjero".
16 agosto, 2018 19:39La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado este jueves otorgar al magistrado del Supremo Pablo Llarena el amparo solicitado por él ante el "ataque" a su independencia que representa la demanda civil interpuesta en Bélgica por parte del expresidente catalán Carles Puigdemont y cuatro exconsejeros prófugos de la Justicia.
El órgano de gobierno de los jueces considera que esa demanda tiene como "único fin de condicionar y de influir en futuras resoluciones judiciales que puedan adoptarse” en el procedimiento por rebelión que se sigue en el Supremo y en otros procedimientos judiciales.
En su demanda, Puigdemont, Meritxell Serret, Antoni Comin, Clara Ponsatí y Lluis Puig, todos ellos procesados por LLarena, afirman que la instrucción llevada a cabo por este magistrado supone una vulneración flagrante de su presunción de inocencia y de la libertad de acción política y añaden que acusarles de ser rebeldes según el Código Penal español ofende claramente su honor, su integridad política y moral y el fundamento mismo de su acción política. La demanda reclama que el magistrado repare en Bélgica el daño causado, pagándoles un euro.
En su solicitud de amparo, adelantada por EL ESPAÑOL, Llarena estimaba que la demanda civil de Puigdemont es "un ataque planificado a las condiciones de independencia en las que desarrollo mi labor" porque "se pretende que sea un tribunal belga el que examine la corrección" de la instrucción.
El magistrado destacaba en su escrito el carácter “groseramente fraudulento” de la demanda, que en su opinión solo pretende “sustraer de su sede natural la revisión de los actos de la Justicia española” defraudando los instrumentos del ordenamiento jurídico español para asegurar la independencia de la función jurisdiccional: el aforamiento de los jueces y magistrados ante el Tribunal Supremo y la prohibición, contenida en la Ley Orgánica del Poder Judicial, de que puedan dirigirse demandas directas contra ellos por actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de su función.
La Comisión Permanente del CGPJ ha concluido que “una simple y somera lectura de la demanda formulada y de la citación [de LLarena, convocado en Bruselas el 4 de septiembre] ponen de manifiesto que los procesados, demandantes en Bélgica, han urdido una actuación dirigida a defraudar las garantías de independencia del magistrado del Tribunal Supremo, intentando, sin disimulo alguno, someter las actuaciones soberanas del Estado español a la jurisdicción de un Estado extranjero”.
"Burda" vulneración
“La demanda cuestiona toda la instrucción llevada a cabo, tachándola de parcial y de arbitraria, pretendiendo que un tribunal belga considere que se ha vulnerado la presunción de inocencia y otros derechos fundamentales de los demandantes. En este estado de la cuestión, se nos antoja difícil considerar que pueda existir una actuación que vulnere de forma más flagrante y burda la independencia de un magistrado español”, añade la Permanente, que considera que “cuando se cuestionan de tal modo los actos llevados a cabo por el magistrado, se cuestiona también la esencia misma de nuestro Estado de Derecho, atacándose la independencia judicial como pilar fundamental de un Estado democrático”.
“La conclusión de todo ello es que los procesados en la causa especial instruida por el magistrado Pablo LLarena, con la interposición de la demanda contra él en Bélgica, han realizado un ataque planificado a las condiciones de independencia en las que desarrolla su labor jurisdiccional, pretendiendo desacreditar la instrucción llevada a cabo en el legítimo ejercicio de su función jurisdiccional ante la opinión pública internacional a través de un cauce inidóneo para ello, con el único fin de condicionar y de influir en futuras resoluciones judiciales que puedan adoptarse en la causa [que tramita el Supremo en relación con la declaración de independencia de Cataluña] y en otros procedimientos que puedan sustanciarse ante la jurisdicción española”, concluye la Permanente.
Además de otorgar el amparo, la Comisión insta a los huidos al "cese o la abstención en el futuro de cualquier acto que perturbe el ejercicio independiente de la función jurisdiccional” de Llarena y señala que, “a los efectos de que el amparo otorgado proporcione al magistrado inquietado el marco de independencia y seguridad debido”, se adoptarán “todas las medidas necesarias para asegurar las condiciones propias de dicho marco de independencia y seguridad, incluidas las medidas relativas a la integridad económica”.
Un voto en contra
Además, el CGPJ pone su acuerdo en conocimiento de los Ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores “para que adopten las medidas necesarias para asegurar la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los tribunales del Reino de Bélgica”.
El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes; y de los vocales José Antonio Ballestero, Rafael Mozo, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, José María Macías y Pilar Sepúlveda. La vocal Concepción Sáez ha votado en contra.