El episodio provocado por los Mossos d’Esquadra que han identificado a ciudadanos por retirar de la vía pública plásticos amarillos dejados allí por otros ciudadanos y las declaraciones de altos responsables de la Generalidad de Cataluña confirmando que esa actuación de la Policía obedecía a instrucciones políticas superiores me han llevado a dos reflexiones distintas: la primera es un análisis jurídico y la segunda es una conclusión derivada de ese análisis que intenta identificar la finalidad de esa acción.
El análisis jurídico es muy elemental, porque la verdad es que el tema no da para mucho. Según se ha informado, el motivo de la identificación es la incoación de un procedimiento sancionador por causar daños en el dominio público. Es evidente, hasta para el individuo más ignorante y menos informado, que los plásticos amarillos abandonados en la vía pública no son parte del mobiliario público y, por lo tanto, que su retirada no causa daño al mobiliario. Antes al contrario, lo que cabría plantearse es si es lícita su colocación, y ello en la medida que implica una apropiación abusiva del dominio público y afecta a las condiciones debidas de ornato de la vía pública, que a menudo queda manchada con pintura y otros residuos cuya limpieza supone un coste al erario público.
En cualquier caso, lo que es evidente, insisto, hasta para el más ignorante y menos informado es que retirar esos elementos no implica ninguna infracción por causar daños al dominio público. Ello supone que la sanción por retirar esos elementos sería nula de pleno derecho por violar el principio de legalidad sancionadora. Aún más, la evidencia de que la sanción se impone porque la Administración toma partido en una controversia entre ciudadanos con la intención de facilitar la apropiación del dominio público por una parte de ellos conduce a concluir que las sanciones no solo serían nulas sino que constituirían una evidente desviación de poder.
Los administrativistas llamamos desviación de poder a la utilización de una potestad administrativa para un fin diferente del previsto en la Ley, en el presente caso, sancionar por inexistentes daños en el dominio público no para proteger el dominio público sino para que otros ciudadanos puedan seguir apropiándose abusivamente de las vías públicas.
Y en semejantes circunstancias, es fácil que el análisis jurídico lleve a escalar un tercer nivel: cuando hasta el más ignorante y menos informado sabe que las sanciones que impone no son lícitas, el delito de prevaricación es una consecuencia inevitable, que puede alcanzar no solo a las autoridades que las impongan sino también, como cooperadores necesarios, a los funcionarios que de manera entusiasta se prestan a la persecución de sus conciudadanos. De poco vale la apelación a la obediencia debida ante conductas delictivas.
La evidencia del carácter groseramente ilegal de las sanciones, si es que llegan a imponerse, lleva a preguntarse qué es lo que motiva la amenaza de imponerlas
La evidencia del carácter groseramente ilegal de las sanciones, si es que llegan a imponerse, lleva a preguntarse qué es lo que motiva la amenaza de imponerlas. Hace un tiempo escribí sobre la situación de Cataluña que se había generado fundamentalmente desde septiembre de 2017 y me referí a ella con la expresión fascismo inverso: las instituciones autonómicas del Estado se estaban utilizando para destruir al propio Estado desde dentro, sustrayéndose a los límites que impone el Estado de Derecho.
La situación descrita pone de manifiesto que se ha dado un paso más: ya no se trata de suscitar un enfrentamiento entre las instituciones del Estado para destruir el Estado, sino que se toma al ciudadano como rehén con ese mismo fin. Aplicando las técnicas propias del totalitarismo fascista, se hace un uso instrumental de las potestades públicas para dirigir ideológicamente al ciudadano, advirtiéndole de que si se atreve a levantar la cabeza, se le cortará.
Sencillamente, se advierte a los ciudadanos catalanes de que el espacio público pertenece a quienes profesen una determinada ideología que se ha convertido en oficial y que quienes la rechacen tienen que someterse a ese estado de cosas o sufrir las consecuencias. Esto ya no es un fascismo matizado, un fascismo inverso, esto es fascismo sin más, expresado a través de acciones que parece que no tienen otra finalidad que provocar o invitar, de manera irresponsable, al enfrentamiento civil.
Dedicado a los que pretenden impedir que me exprese, sin cuyos intentos de censura no tendría aliento y motivación para escribir.
*** José María Macías Castaño es vocal del Consejo General del Poder Judicial.