A sus 85 años de edad, el ginecólogo jubilado Eduardo Vela Vela, acusado de haber entregado a una bebé "como un regalo" a un matrimonio en Madrid sin el consentimiento de su madre biológica, ha sido absuelto. Es culpable, pero los delitos han prescrito, considera la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, que pone la fecha para esa prescripción en 1997, diez años después de que Madrigal alcanzara la mayoría de edad.
Una sentencia que, aunque en un primer momento ha caído como un jarro de agua fría, es en cierto modo un triunfo para Inés Madrigal puesto que el Tribunal reconoce su relato de los hechos. El relato de su madre adoptiva Inés Pérez, ya fallecida, que accedió a declarar como investigada frente a Vela para que su hija conociera su origen.
Las magistradas consideran probado que cuando Eduardo Vela "tuvo acceso a una niña de pocos días de vida, cuya filiación se desconoce, convocó con inmediatez al matrimonio Madrigal Pérez requiriéndoles para que acudiesen al sanatorio portando ropa adecuada para un bebé recién nacido, lo que tuvo lugar el 6 de junio de 1969. Una vez en la consulta Eduardo Vela adelantó al matrimonio que tenía 'un regalo' para ellos, haciéndoles la entrega de una niña de pocos días (...)".
Distintas interpretaciones
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid consideró, en su momento, que el caso debía ir a juicio y no vio prescripción en los delitos atribuidos a Vela. Interpretó, ateniéndose a los artículos 131 y 132 del Código Penal, que algunos delitos causan un mal permanente que no puede prescribir hasta que no cese dicho mal. En referencia a la detención ilegal o la falsedad documental que se atribuyen al doctor Vela (además de suposición de parto) según esta interpretación de los artículos 131 y 132 del Código Penal, dichos delitos no habrían prescrito hoy.
Sin embargo, el tribunal que ha juzgado el caso no lo ve así. Se trata de dos interpretaciones de un mismo artículo que abocan a que el Tribunal Supremo resuelva y cree jurisprudencia al respecto.
Juicio a una época oscura
El abogado de Inés Madrigal, Guillermo Peña, sabía que el caso estaba abocado a llegar al Supremo: o lo llevaba él porque la sentencia fuera absolutoria o lo llevaría Vela porque fuera condenatoria. Lo que implica que el caso acabe en el Supremo es que las otras 2000 personas que denunciaron haber sido "robadas" durante la dictadura y sus casos fueron archivados podrían reabrir sus casos. O son sepultados en el olvido o catapultados a los tribunales según el pronunciamiento del Supremo.
De ahí que las víctimas de una de las épocas más oscuras de nuestro país, por la que miembros de la Iglesia y varios ginecólogos de Madrid se habrían coordinado para regalar a niños de madres solteras o vulnerables (económica o socialmente) a matrimonios amigos, estén expectantes ante dicha decisión.
Una sentencia condenatoria del Tribunal Supremo contra Eduardo Vela confirmaría que los delitos no han prescrito y abriría las puertas a que los afectados presentaran de nuevo querellas ante tribunales de todo el país.