El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido este viernes que sea el pleno de la Sala, integrado por 31 magistrados, los que tomen la decisión definitiva sobre quién debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria.
En un acuerdo adoptado esta mañana, Luis Díez-Picazo señala que, dado que la sentencia conocida ayer, dictada por la Sección Segunda, "supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y habida cuenta, asimismo, de su enorme repercusión económica y social", se va a avocar al pleno el conocimiento y resolución de los recursos que se refieren al mismo asunto y están aún pendientes.
La finalidad de remitir al pleno esos recursos es "decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado", señala el acuerdo de Díez-Picazo, en una decisión que ha generado malestar en magistrados de la Sala, dentro y fuera de la Sección Segunda.
Esta Sección, integrada por seis magistrados, decidió el pasado martes modificar su anterior jurisprudencia y declarar que no es el prestatario el sujeto pasivo de los impuestos asociados a las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad bancaria que presta la suma correspondiente.
Cinco votos a uno
La decisión judicial, que fue tomada por cinco votos a uno (el único magistrado que discrepó fue Dimitry Berberoff), provocó fuertes caídas de los bancos en la Bolsa. El impacto de la sentencia en las cuentas de las entidades bancarias puede ser notable si el nuevo criterio se aplicara de forma retroactiva, aspecto crucial en el que la sentencia no entra.
En todo caso, el criterio definitivo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre si es el banco o el cliente el que debe asumir los impuestos de las hipotecas será ahora fijado por la totalidad de los magistrados de la Sala, aunque no afectará al caso ya fallado por la Sección Segunda, que es firme. Este fallo ha dado la razón a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid respecto a la liquidación de los actos jurídicos documentados relacionados con un préstamo que solicitó en 2009.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo tiene pendientes de resolución varios recursos sobre la misma controversia jurídica, que son los que se van a avocar al pleno. La fecha de la reunión no está concretada y dependerá de la terminación de la tramitación de estos recursos.
El acuerdo del presidente de la Sala no ha sido bien recibido. Distintos magistrados consideran que es una "maniobra" para alterar la decisión tomada por la Sección a la que correspondió el asunto y que es "muy peligroso" que se transmita la idea de que el Tribunal Supremo puede reconsiderar sus criterios "a impulso de la escandalera que se monte".
"Guste o no, hay un fallo ya firme y un criterio sentado por la Sección encargada del asunto y no es procedente convocar a posteriori a otro órgano para reconsiderar esa decisión", explicó un magistrado. El asunto pudo ser avocado al pleno por el presidente antes de que que resolviera la Sección Segunda, que estuvo un mes deliberando sobre esta controversia.
Díez-Picazo conocía la trascendencia del asunto. El presidente de la Sala preside la Sección Primera, que lo admitió a trámite, y además le corresponde efectuar todos los señalamientos de asuntos de las Secciones.
"Conocía perfectamente la deliberación de la Sección Segunda", informaron fuentes del tribunal, que señalaron que, en un momento dado, ante la dificultad de avanzar en el debate, el presidente de la Sección, Nicolás Maurandi, le pidió que ordenara al gabinete técnico la elaboración de un informe.