La Audiencia de Las Palmas ha condenado a ocho años de prisión y otros ocho de internamiento en un centro psiquiátrico a Adriel H., de nacionalidad cubana y de 29 años de edad, por el asesinato de un hombre con el que dos días antes había tenido un enfrentamiento por la compra de unos perritos calientes en el bazar que regentaba el acusado.
El fallo, que atenúa la petición de pena hecha por el fiscal y por la acusación particular (20 años de cárcel), declara probado que en la noche del 12 de abril de 2017 Adriel se acercó a A.S., que caminaba por la calle junto a su pareja y al hijo de ésta en dirección a una comisaría de Policía para denunciarle.
Ese mismo día por la mañana, asesino y víctima se habían visto las caras en un juicio rápido por delito leve en el que ambos se habían denunciado mutuamente. Este proceso se refería a una discusión que tuvieron dos días antes, el 10 de abril, a raíz de que el hijo de la pareja del fallecido acudiera al bazar del acusado a comprar unos perritos calientes, que al parecer se encontraban en malas condiciones de consumo.
Tras ese enfrentamiento, Adriel tuvo que ser ingresado en un centro sanitario, presa de un ataque nervioso. Pero escapó del hospital y se personó en la puerta de la casa de A.S., provocando una escalada de tensión y enfrentamientos que culminó en la noche del día 12, cuando Adriel encontró en la calle a A.S. y le clavó en el hígado un cuchillo que llevaba escondido en una bolsa. A.S. falleció una hora después mientras era atendido por los médicos en el lugar de los hechos.
De acuerdo con el veredicto emitido por el Jurado, Adriel actuó afectado por un trastorno neurocognitivo que disminuía sus facultades intelectuales, pero no las anulaba. Por ello, el magistrado-presidente del tribunal le ha impuesto ocho años de internamiento psiquiátrico que deberá cumplir antes de ir a prisión. El tiempo que permanezca encerrado en el centro sanitario se le descontará de la condena de cárcel.
La sentencia, que puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, establece también indemnizaciones por valor de 328.000 euros a los hijos del fallecido, a sus hermanos, a su pareja y al hijo de ésta. Además, el condenado no podrá residir en el mismo municipio que la familia del fallecido durante cinco años.