Los magistrados del Tribunal Supremo que juzgarán a 12 de los acusados por la secesión unilateral de Cataluña decidirán antes del juicio oral sobre el uso por ellos de la lengua catalana, pero ya han adelantado que esta cuestión no pone en riesgo ni el derecho de defensa ni, en general, el derecho a un proceso justo.
En la resolución, conocida ese jueves, por la que la Sala Penal reafirma su competencia para enjuiciar el 'procés', el tribunal contesta a la alegación de los defensores sobre la supuesta afectación de los derechos de los acusados por la circunstancia de que no van a ser juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña -donde se puede emplear la lengua catalana- sino por el Tribunal Supremo.
El defensor de Oriol Junqueras y Raül Romeva, Andreu van den Eyden, argumentó a este respecto que se vería afectada la "dignidad personal" de los acusados puesto que "la asunción de la competencia del Tribunal Supremo no deja de ser la configuración de un escenario en el que el enjuiciamiento se produciría por un órgano jurisdiccional al que habrían de trasladarse personalmente en situación de prisión provisional, lejos de sus familiares y de sus equipos jurídicos, en condiciones que dificultarían el ejercicio de una defensa efectiva, para desarrollar un juicio en el que no podrán utilizar su lengua materna de forma habitual».
La abogada de Jordi Cuixart, Marina Roig, manifestó, por su parte, durante la vista del pasado día 18, en la que se debatió la cuestión previa de la competencia, que "se va a vulnerar el derecho de los acusados a hablar en su propia lengua porque la Sala no va a entender lo que dicen sino a través de una traducción". Roig pidió a la Sala que, llegado el momento del juicio, implemente un sistema de traducción simultánea y no un intérprete, como es habitual.
"Nuestro sistema constitucional no concede a los procesados el derecho a ser enjuiciados en las proximidades del domicilio familiar. Ningún sistema procesal contempla la cercanía domiciliaria como fuero determinante de la competencia en el proceso penal", ha contestado la Sala en una resolución redactada por su presidente, Manuel Marchena, con el acuerdo unánime de los otros seis magistrados.
"El contacto directo y permanente con el equipo jurídico que asume la defensa está más que garantizado y será salvaguardo", adelanta la Sala, que añade que la "sobrevenida invocación del derecho a que las sesiones del juicio se desarrollen en la lengua materna de los procesados contrasta con la ausencia de cualquier queja de indefensión durante el largo tiempo que ya han consumido la investigación y la fase intermedia de esta causa".
La referencia de Estrasburgo
"Sea como fuere, hacer depender el derecho a un proceso justo de la distancia entre la sede del propio domicilio y la del órgano jurisdiccional o del uso de la lengua materna por los profesionales que asumen la defensa conduciría al sinsentido de negar que ese derecho tenga vigencia, por ejemplo, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos", agrega la Sala en alusión a la Corte de Estrasburgo, frecuentemente invocada por los encausados como tribunal de referencia para la garantía de sus derechos. La lenguas oficiales del TEDH son el inglés y el francés. En las vistas orales los letrados pueden usar sus lenguas nacionales y entonces el tribunal establece un sistema de traducción, sin considerar que por ello se ve afectado derecho alguno de las partes.
A lo largo de la instrucción llevada a cabo por el magistrado Pablo Llarena, que comenzó en noviembre de 2017 y terminó el pasado julio, todos los investigados se expresaron en castellano en las numerosas ocasiones en que comparecieron ante el instructor. La Sala de enjuiciamiento resolverá sobre el uso del catalán por los acusados si lo solicitan, pero fuentes del tribunal adelantaron que sus letrados tendrán que utilizar el castellano.
Ello es así por imperativo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que las partes podrán usar las lenguas cooficiales si la actuación judicial tiene lugar en el territorio de la comunidad autónoma correspondiente, lo que no es el caso del Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España y sede en Madrid.