El fiscal de la Audiencia Nacional, Pedro Rubira, que sostiene la acusación por rebelión contra la cúpula política de los Mossos d'Esquadra, ha defendido este martes la competencia de la Audiencia Nacional para juzgarles con "serenidad e imparcialidad". "¿Puede haber imparcialidad, serenidad, si se manda la sedición y la rebelión (la causa) a Cataluña?", ha lanzado el representante del Ministerio Público ante la Sala Primera de la Audiencia Nacional.
La Fiscalía defiende la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar a la cúpula política de los Mossos d'Esquadra porque, según argumenta, con su actuación el día del asedio a la consejería catalana de Economía y durante el referéndum ilegal del 1 de octubre (por los que están procesados) fueron "subordinados" de los inductores o jefes principales del procés, a los que juzgará el Tribunal Supremo. En este sentido, Rubira ha defendido la unidad delictiva y la comisión de delitos que afectan no sólo a Cataluña, sino también al resto de España y que incluso se cometieron en el extranjero, según ha sostenido.
"No son delitos contra la forma de Gobierno"
La cúpula política de los Mossos ha pedido este martes a la Audiencia Nacional que se inhiba de la causa que se sigue contra ellos por los presuntos delitos de rebelión y sedición a favor de la Audiencia de Barcelona para su juicio.
Los abogados de César Puig, exsecretario general de la consejería de Interior catalana, y Pere Soler, exdirector de los Mossos d'Esquadra, han sostenido ante la Sala Primera de la Audiencia Nacional que los delitos de rebelión y sedición por los que se les acusa en relación con el asedio a la Consejería catalana y la "permisividad" para que se celebrara el referéndum ilegal el 1 de octubre no van contra la forma de Gobierno, según la reforma del Código Penal de 1995, y por lo tanto la Audiencia Nacional no es competente para juzgarles. "Jamás la Audiencia Nacional ha sido competente para juzgar los delitos de rebelión y sedición", ha defendido el abogado de Puig, Jaume Alonso-Cuevillas, quien se ha remitido a ejemplos en los que Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña o Baleares han admitido querellas por sedición sin que el "ministerio fiscal la impugnase".
Tanto Cuevillas como Pau Ferrer, abogado de Soler, han defendido que todos los hechos que se les imputan se cometieron en Cataluña, otra de las razones por las que pidan que sea la Justicia catalana la que juzgue a sus defendidos.
Olga Tubau, abogada del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, y de la intendente Teresa Laplana no se ha adherido a las peticiones de los abogados Jaume Alonso Cuevillas y Pau Ferrer, rompiendo con la estrategia independentista, como ya avanzó EL ESPAÑOL el pasado viernes. Trapero asume por tanto que le juzgue la Audiencia Nacional.
Sin embargo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, representada en esta vista del artículo de previo pronunciamiento -paso previo a las cuestiones previas del juicio- por los fiscales Pedro Rubira y Miguel Ángel Carballo, ha sostenido que los delitos de sedición y rebelión por los que acusan a la cúpula de los Mossos sí van contra la forma de Gobierno: "¿Cómo no va a afectar al Gobierno cuando se quiere formar una república independiente a través de un referéndum ilegal, cómo no va a ser competente para juzgar unos hechos tan graves la Audiencia Naiconal?", ha sostenido el fiscal Pedro Rubira.
Aclaración de la Fiscalía
Tras la publicación en los medios de las palabras del fiscal Rubira, el Ministerio Público ha enviado una nota en la que aclara que "en ningún caso se duda de la profesionalidad de los magistrados que ejercen sus funciones en Cataluña". Según la Fiscalía de la Audiencia Nacional, el fiscal se refería "al ambiente de crispación que existía en la sociedad catalana generado en torno a la celebración del llamado referéndum del 1-O".
Según el Ministerio Público, "junto a los argumentos principales que justifican su posición jurídica", el fiscal se ha referido a la querella inicial del Ministerio Público, donde se expresaba que "en el presente caso también se observa la conveniencia de preservar la necesaria serenidad en el enjuiciamiento de unas conductas que están generando un sentimiento de fractura social que no se puede desconocer".