Varios defensores de los acusados que están siendo juzgados por presuntos delitos de rebelión o sedición en relación con el proceso soberanista catalán van a presentar escritos en el Tribunal Supremo en los que afirman que el régimen de interrogatorio de testigos establecido por la Sala les produce "indefensión" y solicitan poder mostrar vídeos a los testigos que están citados a partir de la próxima semana. Se trata de miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional que intervinieron en la jornada del referéndum ilegal del 1-O y en el asedio a la Consejería de Economía que se produjo el 20 de septiembre de 2017 con ocasión de un registro judicial.
Los defensores quieren que se contraste en el momento de la prueba testifical lo que dicen los agentes y los vídeos tomados en el lugar de los hechos, sin tener que esperar a que llegue la fase documental del juicio. La Sala aceptó durante las primeras jornadas la petición de que se exhibieran vídeos a los acusados, pero no lo permitió con testigos. Fue así como se vieron imágenes de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart en el Departamento de Economía, pero no se exhibieron grabaciones de la actuación policial el 1-O cuando compareció el coronel Pérez de los Cobos y se debatió si había habido o no cargas policiales.
"Las sesiones del juicio oral demuestran una gestión de la prueba documental que tolera la exhibición de documentos en soporte papel a acusados y testigos, lo cierto es que se advierte un criterio divergente en lo relativo a la exhibición de documental videográfica, sin que el distinto tratamiento de la prueba tenga encaje en precepto legal alguno ni relación con normas de ordenación del debate que las defensas puedan asumir", afirma en su escrito Andreu van den Eynde, defensor del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y del exconsejero Raül Romeva, el primero en solicitar la exhibición de viíeos a los próximos testigos.
El defensor sostiene que la Sala debería permitir la exhibición de imágenes cuando sea precisa la "confrontación de un testimonio con la realidad grabada" y anuncia que lo pedirá en dos supuestos: "cuando el testigo deba reconocerse en determinada filmación como partícipe y, así, o bien corroborar la razón de su conocimiento sobre los hechos grabados o bien cuestionarla" y "cuanto el testigo exprese hechos incompatibles o divergentes sustancialmente con los que aparezcan en grabaciones sobre esos mismos hechos o bien alegue desconocimiento sobre hechos presumiblemente acaecidos en las circunstancias que, contrariamente, el testigo diga haber presenciado".
La pregunta del tribunal a Trapero
En el mismo escrito el letrado sostiene que en la última sesión de la vista, durante la declaración del mayor de los Mossos José Luis Trapero, el tribunal "suplantó" a las acusaciones al formular al testigo una pregunta sobre una reunión con Puigdemont que la parte que había propuesto al mando policial (Vox) no había hecho y que la Sala no dejó realizar al fiscal (porque no había propuesto esa testifical).
En realidad, el tribunal hizo uso de un precepto legal que le permite plantear cuestiones -a quien no era un acusado, sino un testigo propuesto por una acusación pero también por varias defensas- cuando crea que son necesarias para "depurar los hechos" objeto de enjuiciamiento. La reunión de Trapero con el expresidente catalán prófugo de la Justicia está incluida en los escritos de acusación.
Van den Eynde cree que se trataba de una pregunta "claramente de cargo" que el tribunal no tenía que haber formulado para "preservar la debida imparcialidad". Pero la queja tiene un mayor trasfondo porque se dirige al modo -ajeno a la práctica conocida hasta ahora- en que el tribunal ha interpretado el artículo 708 de la ley procesal: "la parte que haya presentado al testigo podrá hacerle las preguntas que tenga por conveniente. Las demás partes podrán dirigirle también las preguntas que consideren oportunas y fueren pertinentes en vista de sus contestaciones".
Con ocasión de la declaración testifical de Roger Torrent el pasado día 4, cuando Van den Eynde intentó preguntarle por su participación en el 1-O el presidente del tribunal, Manuel Marchena, explicó que el testigo estaba citado en calidad de presidente del Parlamento catalán y que la parte que lo había propuesto (de nuevo Vox) no le había preguntado por el referéndum ilegal. Marchena añadió que si se permitían preguntas no introducidas por la parte proponente se vería obligado a dar sucesivos turnos de repreguntas ajenas al objeto que tuvo la propuesta de la prueba testifical por la parte la que planteó. Subrayó, a este respecto, que si el defensor consideraba relevante interrogar a Torrent por alguna cuestión lo que debió haber fue proponerlo, lo que, sin embargo, no hizo.
Van den Eynde afirma que esa interpretación "está afectando al derecho a la defensa efectiva". "Ninguna defensa está obligada a solicitar medios de prueba de acusación", afirma ni ello puede limitar sus posibilidades de interrogar a testigos por hechos que forman parte del debate contradictorio definido por los cargos de acusación", sostiene.
Indica, a este respecto, que los próximos testigos no han declarado antes en el proceso. "Ello aboga a fortiori por permitir un interrogatorio amplio y que pueda amoldarse a las revelaciones que los testigos ofrezcan durante su declaración en las sesiones de juicio oral. No hacerlo así nos alejaría del ideal de justicia y del descubrimiento de la verdad material".