El pleno del Tribunal Constitucional ha acordado este martes la suspensión del funcionamiento de la comisión constituida en el Parlamento catalán para investigar "las actividades irregulares o delictivas de personas vinculadas a la Familia Real española", entre ellas las que "forzaron" el traslado del domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera Cataluña.
La suspensión es consecuencia de la admisión a trámite de la impugnación presentada contra la creación de esa comisión por el Gobierno de España, que invocó el artículo 161.2 de la Constitución para paralizar el funcionamiento de esa comisión.
El Parlament decidió el 7 de marzo crear una comisión para investigar "las actuaciones destinadas a forzar el traslado del domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera de Cataluña durante los días posteriores al referéndum de autodeterminación del primero de octubre de 2017".
En segundo lugar, la comisión investigaría "las estructuras de corrupción vinculadas a la Familia Real española y a las personas que están o han estado relacionadas" y, en tercer lugar, las "presuntas cuentas irregulares" de Juan Carlos I en Suiza "y las actividades irregulares o delictivas que puedan derivarse de las declaraciones de Corinna zu Sayn-Wittgenstein".
Para el Gobierno, la decisión del Parlamento catalán incurre en una "extralimitación competencial" . De acuerdo con la impugnación que el Gobierno de Pedro Sànchez acordó presentr en el TC el pasado 15 de marzo, "desde la perspectiva de las funciones atribuidas a un Parlamento autonómico en orden al control e impulso de la acción de gobierno, el sometimiento a una comisión de investigación de la actuación de la Jefatura del Estado queda fuera de aquéllas funciones por tratarse de una institución del Estado al margen del sistema institucional propio autonómico".
La creación de la comisión también invadiría la función de los tribunales y, además, la Constitución establece para el jefe del Estado la prerrogativa de inviolabilidad, que tiene "efectos jurídicos permanentes".