La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, trata de ganar tiempo a la vez que echa balones fuera: acaba de enviar al Tribunal Supremo un escrito -al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL- en el que "interesa" que la Sala que juzga el 'procés' informe sobre la "posible aplicación" del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este precepto establece la suspensión cautelar en el ejercicio de cargos públicos a los procesados por rebelión o terrorismo que se encuentren en prisión preventiva.
La Sala Penal no ha aplicado ese precepto, que está previsto para la suspensión de los cargos electos que el encausado esté ostentando cuando se produce su procesamiento. Fue la norma aplicada en marzo de 2017 por el juez Llarena a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Turull, en aquel momento diputados del Parlamento catalán, cuando les procesó por rebelión.
La causa se encuentra ahora en pleno juicio oral, la Sala Penal ha establecido que no es procedente cursar el suplicatorio para continuar la vista y ha argumentado que en esta fase procesal corresponde a las mesas del Congreso y del Senado aplicar las previsiones de sus Reglamentos para suspender en el ejercicio de la función parlamentaria a los cinco acusados que han sido elegidos miembros de las Cámaras (Junqueras, Turull, Rull, Sánchez y Romeva).
Batet, sin embargo, quiere endosar la suspensión al tribunal para actuar luego a tenor de lo que le indiquen. El escrito cita el artículo 12 del Reglamento del Congreso "que encomienda a esta Presidencia la adopción de inmediato de 'cuantas medidas sean necesarias para salvaguardar los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus miembros'".
En declaraciones posteriores a la remisión de esta carta, Batet dejó claro que cree que es el Tribunal Supremo quien debe pronunciarse sobre la suspensión. "El escrito se remite para que sea el Tribunal Supremo, como órgano jurisdiccional, que está enjuiciando determinadas conductas y determinando qué es lo que pueden hacer o no personas que están en prisión preventiva, quien nos aclare en qué situación quedan estas personas", ha dicho en el Congreso.
En su escrito, la presidenta de la Cámra Baja alude a que los diputados encausados "han perfeccionado su condición" de parlamentarios y a que el tribunal mantiene su situación de prisión preventiva, por lo que "esta Presidencia necesitaría conocer el modo en que esta condición procesal afecta al ejercicio por los mismos de las funciones propias de su cargo".
Batet menciona a continuación las "posibles dudas que se suscitarían sobre la aplicación del artículo 21.1.2 del Reglamento" del Congreso, que fue citado por el Supremo en el auto -enviado íntegramente a las Cámaras- en el que autorizó la excarcelación de los encausados exclusivamente para tomar posesión del escaño.
La presidenta del Congreso, que no explica cuáles son esas dudas, también recuerda el auto de Llarena "en el que se comunicaba a la Mesa del Parlamento de Cataluña" que los procesados que entonces eran diputados autonómicos "han quedado suspendidos automáticamente y por imperio del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, habiendo de proceder la Mesa a adoptar las medidas precisas para la pena efectividad de la previsión legal".
Por ello, Batet solicita "de la Sala Segunda informe sobre la posible aplicación del citado artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al caso que nos ocupa". A mano, la presidenta del Congreso añade "un saludo afectuoso".
Escrito del fiscal
Los fiscales de Sala que intervienen en el juicio al 'procés' han dirigido un escrito al tribunal en la misma línea que pretende Batet para que sea el Supremo el que acuerde la aplicación del artículo 384 bis y lo comunique a las Cortes para que lo ejecute.
Los fiscales piden a la Sala Penal que "comunique a las Cámaras respectivas (...) la concurrencia de los presupuestos que contempla el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que en el ejercicio de sus competencias procedan a la aplicación inmediata de la suspensión de sus funciones prevista en el referido precepto" para los cinco encausados que se encuentran en prisión preventiva.
Para el Ministerio Fiscal, corresponde al Supremo "comunicar" al Congreso y al Senado "que deben proceder a la aplicación inmediata" de esa previsión legal "debiendo de proceder aquellas Mesas a adoptar las medidas precisas para dar plena efectividad" a la misma.