La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone al recurso de casación de los ocho condenados por la Audiencia Nacional por pegar una paliza a dos guardias civiles y sus parejas en octubre de 2016 en Alsasua (Navarra).
Una de las razones que expusieron los condenados para recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional fue la relación entre los magistrados que la redactaron y la revisaron y la Guardia Civil. Los recurrentes recordaron que Concepción Espejel, presidenta de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que les juzgó, fue condecorada por la Guardia Civil y también es esposa de un coronel del Instituto Armado. También solicitaron la recusación de los miembros de la Sala de Apelación ante la que recurrieron porque dos de los magistrados, Eloy Velasco y José Ramón Navarro, también recibieron condecoraciones del mérito de la Guardia Civil.
La Fiscalía del Tribunal Supremo se manifiesta al respecto: considera que "dichas circunstancias no permiten sostener que hubieran actuado de forma sesgada" y se opone a la supuesta parcialidad de los magistrados de la Audiencia Nacional por haber sido condecorados por la Guardia Civil y por la relación matrimonial de uno de ellos con un miembro de la Benemérita.
Discriminación por motivos ideológicos
El fiscal rechaza por tanto que todas las alegaciones de los ocho condenados en su recurso y solicita que se confirme la sentencia, con penas de entre 2 y 13 años de prisión por los delitos de lesiones, amenazas y desórdenes públicos (y no por terrorismo como solicitó la Fiscalía de la Audiencia Nacional).
Considera el Ministerio Público que existe prueba suficiente de la agresión que sufrieron los dos guardias civiles y sus parejas, así como del delito de desórdenes públicos. Destaca además en su escrito que las lesiones vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos de que fueron víctimas los perjudicados, por su condición de Guardias Civiles.