Una sentencia de un juzgado de Barcelona contra Deliveroo, la empresa británica de reparto de comida a domicilio, saca a la luz las condiciones a las que somete a sus trabajadores, los denominados riders, que conducen sus propias bicicletas para trasladar pedidos desde restaurantes a domicilios obteniendo un pago de 4 euros por cada entrega satisfactoria.
La pormenorizada sentencia del juzgado de lo social número 31 también destapa las técnicas utilizadas por la compañía para sortear controles laborales y ocultar la verdadera condición de falsos autónomos de los trabajadores, como ya dictó una sentencia anterior en Valencia.
Según los hechos probados de la resolución, la empresa únicamente puso a disposición de los riders una caja para llevar la comida (por la que tuvieron que depositar una fianza) y una aplicación móvil para asignarles los repartos y controlar sus pasos en todo momento. Ellos, por su parte, debían aportar sus propias herramientas y materiales: la bicicleta, unos fuertes gemelos para pedalear (cuanto más rápido mejor) y comunicar los horarios en los que trabajarían así como la zona en la que lo harían.
Sin embargo, no tenían derecho a vacaciones y tampoco cotizaban, pero la empresa sí que valoraba la velocidad a la que trabajan, los pedidos que rechazaban, los comentarios que hacían los clientes sobre ellos o "vuestra disponibilidad durante las tres noches del fin de semana" para asignarles nuevos repartos.
La empresa les aseguraba ingresar un mínimo de 8 euros la hora trabajada mediante pagos quincenales, aunque "en caso de no alcanzar de promedio la suma de ocho euros por hora de trabajo se realizaban ajustes garantizando la mercantil ese mínimo correspondiente a dos pedidos por hora". Hechos que los propios trabajadores han denunciado y calificado como "el esclavismo de nuestros días".
Cursos con 'trainer'
Antes de empezar a trabajar en Deliveroo, los trabajadores tuvieron que recibir un curso con un entrenador o trainer, como lo denomina la compañía, y realizar una especie de examen para confirmar que sabían pedalear portando una caja con peso.
La empresa también les instruyó en "las palabras prohibidas porque en caso de un control externo nos pueden dar problemas legales". Esas palabras eran "horas semanales, horarios fijos, obligatorio, turnos o salario" que, según explicó la propia compañía en correos electrónicos enviados a los trabajadores, debían sustituirse por "repartos o disponilidad semanal".
El titular del juzgado de lo social número 31 ha decidido condenar a Deliveroo por vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores. Ha declarado la nulidad de sus despidos, obligando a la compañía a readmitirles, así como a indemnizar a cada uno de ellos con casi 6.300 euros y lo correspondiente a las vacaciones de las que tendrían que haber disfrutado si hubieran estado contratados correctamente.