La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha levantado este jueves la paralización cautelar de la exhumación de Francisco Franco del Valle de los Caídos, una medida que adoptó tras admitir a trámite los recursos interpuestos por la comunidad benedictina que gestiona la basilica, por la Fundación Francisco Franco y por la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos.
Eran los dos últimos obstáculos que quedaban en el Tribunal Supremo para que se pueda ejecutar la exhumación de Franco, acordada por el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado 15 de marzo.
Ayer miércoles el Tribunal Supremo rechazó la petición de aclaración formulada por la familia Franco en relación a la sentencia dictada el pasado 30 de septiembre. Los nietos de quien fue jefe del Estado, que se oponen a la exhumación, solicitaron al alto tribunal que aclarara si la comunidad benedictina debe autorizar de forma expresa la salida de los restos.
"La sentencia reproduce los términos de la negativa [del prior a la petición de acceso a la basílica formulada el pasado diciembre por el Gobierno] que no fue absoluta sino condicionada a lo que resolviera esta Sala. Por eso, la sentencia, establecida la conformidad a Derecho de los acuerdos del Consejo de Ministros (sobre la exhumación), tiene por decaída esa denegación", explicó el tribunal.
El Supremo estableció, en un fallo unánime, que el derecho de los nietos de Franco a elegir el destino de los restos de su abuelo "no es un derecho absoluto y puede ser limitado por razones de interés general, las cuales concurren en este caso porque no se trata de una sepultura particular".
Libertad religiosa
También descartó que la exhumación afecte a la libertad religiosa. "No puede decirse que en este caso haya discriminación alguna de naturaleza religiosa", argumentó el alto tribunal, que no encuentra nada que pueda producirla en la decisión del Gobierno y destaca que no se trata de exhumar unos restos depositados en una sepultura privada, "sino de los que se encuentran en un lugar relevante de una basílica monumental que tiene el carácter de bien de interés cultural protegido y es de titularidad pública estatal".
"Ciertamente, tiene naturaleza política la finalidad perseguida con esa exhumación e, incluso, posee una dimensión ideológica, pero ni una ni otra se proyectan sobre las convicciones religiosas", explican los jueces, que añaden que "no se pretende más que retirar del primer plano, desde luego en un lugar de titularidad estatal, cuanto signifique, represente o simbolice el enfrentamiento civil", añadía la sentencia.
Pese a ello, el prior del Valle de los Caídos, Santiago Cantera, ha reiterado que no autoriza el acceso a los funcionarios del Gobierno para llevar a cabo la exhumación.
Nuevo aval judicial
Precisamente con motivo de ese escrito del abad de la basílica, el abogado del Estado se ha dirigido al Supremo para que sea el alto tribunal el que autorice la entrada en la basílica.
En una resolución con ponencia del magistrado Pablo Lucas, la Sala ha indicado que la sentencia que respaldó la exhumación de Franco en los términos acordados por el Gobierno es "firme y ejecutiva por sí misma".
La sentencia "ha establecido que [los acuerdos del Gobierno para exhumar a Franco] no infringen la inviolabilidad de la basílica del Valle de los Caídos ni el derecho fundamental a la libertad religiosa". "También declara que la anterior negativa del prior-administrador debía considerarse decaída", recuerda.
Por ello, sin perjuicio de resolver el recurso interpuesto por la comunidad benedictina, el Supremo enfatiza que la Constitución "obliga a todos a cumplir las sentencias firmes" y declara que el fallo del pasado 30 de septiembre "es, por sí mismo, título bastante" para acceder a la basílica y llevar a cabo la exhumación.