Roger Torrent./

Roger Torrent./ Efe

Tribunales PROCESO INDEPENDENTISTA

El TC advierte de responsabilidad penal a Torrent si no paraliza las resoluciones soberanistas

En una resolución unánime, el Constitucional advierte en el mismo sentido a los miembros de la Mesa del Parlamento catalán.

10 octubre, 2019 12:56

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite, por unanimidad, el incidente de ejecución de sentencia promovido por el Gobierno de Pedro Sánchez contra la resolución aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 25 de julio sobre "las propuestas para la Cataluña real”, en la que se ratifica el "derecho de autodeterminación".

En esa resolución, el Parlament reafirmó su "compromiso con los valores republicanos y apuesta por la abolición" de la Monarquía. Reafirmó también su "reprobación de Felipe VI" y el "derecho" de la Cámara catalana a "expresar valoraciones y opiniones políticas sobre la actuación y el futuro de la institución monárquica y su compromiso con los valores republicanos".

El Gobierno sostiene que los términos de ese acuerdo son contrarios a tres sentencias del Constitucional entre ellas la que declaró inconstitucional y nula una resolución anterior, adoptada por el Parlament en julio de 2018, en la que "reiteraba los objetivos políticos" del proceso iniciado en noviembre de 2015  con el objetivo de crear un estado catalán independiente en forma de república.

El Tribunal Constitucional no sólo ha acordado paralizar la eficacia de la resolución impugnada sino que ha decidido “notificar personalmente" la suspensión al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a todos los miembros de la Mesa, a los que "se advierte de su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”.

El Constitucional también recuerda a Torrent, a la Mesa y al secretario general de la Cámara de su "obligación de abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento a los incisos impugnados de la resolución", así como su deber de "impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir" los pronunciamientos del TC.