El penalista Enrique Gimbernat, el catedrático de Derecho Administrativo Tomás Ramón y el exmagistrado del Tribunal Constitucional Manuel Aragón han coincidido este miércoles en que los hechos cometidos por los condenados en la causa del 'procés' hubieran merecido una condena por rebelión y no por el tipo penal, menos severo, de sedición.
Los tres juristas y el diputado de Ciudadanos Edmundo Bal han participado en un encuentro promovido por Law&Business School sobre la sentencia dictada por la Sala Penal del Supremo, que impuso penas de 9 a 13 años de cárcel por sedición a nueve de los doce acusados.
Edmundo Bal, que llevó la representación de la Abogacía del Estado en la causa del 'procés' hasta que fue cesado por disentir de la calificación de sedición, cuestionó la tesis de la "ensoñación" expresada en la sentencia, aunque también consideró que la condena es "justa" y "pasará por supuestísimo los filtros del Tribunal Constitucional y Estrasburgo".
Bal puso el énfasis de su crítica en el "mensaje" que, a su parecer, envía el Supremo al no aceptar la petición de la Fiscalía de establecer que los condenados no accedan al tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de sus penas. El Supremo, "experto en hacer sentencias redondas", ha dicho, "no ha puesto esa limitación y eso da como resultado que se piense que [el régimen penitenciario de los condenados] es negociable. Eso es una aberración".
Gimbernat sostuvo que el alto tribunal ha hecho una interpretación "muy restringida" del delito de rebelión. "También los guardias civiles que el 23-F entraron en el Congreso iban engañados, pero los que organizaron el golpe de Estado sabían lo que querían", dijo.
A su parecer, incluso partiendo de los hechos declarados probados, los condenados del 'procés' "tomaron el alzamiento masivo y tumultuario del 20 de septiembre y del 1 de octubre como elemento de presión al Gobierno" para una finalidad secesionista, como instrumento indirecto para conseguir su propósito de imponer la independencia.
Tomás Ramón discrepó de la sentencia no sólo en cuanto a la calificación delictiva sino también en cuanto a los hechos. "Hicieron todo lo necesario, todo lo que estuvo en su mano para conseguir la independencia, no iban de broma", manifestó.
"Fueron hechos televisados, los vio todo el mundo", añadió. "Yo vi cómo el Parlamento catalán declaraba la independencia. Y no la votan, pero luego fueron uno a uno firmando en una mesa. Fue una vía similar a la de Kosovo, con la diferencia de que a Kosovo lo reconocieron varios Estados y aquí no lo hizo ninguno, pero ellos [los condenados] declararon la independencia, eso es indiscutible".
"No sólo firmaron: se declaró unilateralmente la independencia en sede parlamentaria y por eso se activó el artículo 155", apostilló Aragón. "Lo decisivo es que se pusieron los medios para obtener ese fin de declarar la independencia, aunque luego, por causas no imputables a los condenados, aquello fracasara".
Tomás Ramón se preguntó "por qué el tribunal optó por la sedición y por qué lo hizo por unanimidad". El jurista cree que en el ánimo de los magistrados pesó la consideración de cómo sería recibida la sentencia fuera de España "teniendo en cuenta que las euroórdenes habían fracasado porque la rebelión no se vio muy bien fuera de nuestras fronteras. Optaron por ir a un escalón más abajo, pero indiscutible, mejor que un escalón más arriba, pero difícil de vender".