La Sala Penal del Tribunal Supremo, que el pasado 14 de octubre condenó a los dirigentes del proceso independentista unilateral de Cataluña, enviará de forma inmediata un requerimiento de información a las Juntas de Tratamiento de las cárceles catalanas que pongan en libertad a los condenados y los envíen a sus casas para que pasen allí el estado de alarma establecido con motivo de la pandemia del coronavirus. Además, se les exigirán "las responsabilidades correspondientes", han asegurado a EL ESPAÑOL fuentes del alto tribunal.
Según ha anunciado en un vídeo la consejera de Justicia de Cataluña, Ester Capella, se han dado instrucciones a los directores de las cárceles de la comunidad autónoma para que las Juntas de Tratamiento puedan acordar que los internos a quienes se ha concedido el artículo 100.2, que permite salidas periódicas para trabajar o cuidar de un familiar, puedan permanecer en sus casas mientras duren las restricciones impuestas por el estado de alarma.
Las instrucciones se extienden al conjunto de presos del 100.2 bajo el argumento de que la Consejería quiere “reducir la población penitenciaria encerrada” para evitar la entrada y propagación del coronavirus en los centros penitenciarios. “El 69% de las personas clasificadas en tercer grado están confinadas en sus casa, pero no es suficiente. Necesitamos que haya menos gente en las cárceles. He pedido a todos los directores de los centros penitenciarios de Cataluña que busquen la manera dentro de la ley de rebajar el número de presos”, ha afirmado Capella.
"Las Naciones Unidas reclaman que se garantice la salud en las cárceles. Con medidas extraordinarias podremos despejar las cárceles, siempre teniendo en cuenta el bajo riesgo de reincidencia y disponer de un domicilio", añadió la consejera de Justicia, de ERC.
La página web de ERC ha anunciado que los centros penitenciarios estudian ahora, uno por uno, la evolución y el pronóstico de los segundos grados a los que se ha aplicado el artículo 100.2, entre ellos los condenados por el 'procés'. "Las propuestas de las Juntas de Tratamiento de las prisiones, que comenzarán a analizar cada caso desde hoy mismo, serán de aplicación inmediata", afirma.
Responsabilidades
Fuentes del Supremo han informado a EL ESPAÑOL que "un segundo después" de que las Juntas de Tratamiento de las cárceles en las que están recluidos los condenados por el 'procés' acuerden enviarlos a sus casas, el alto tribunal enviará un requerimiento pidiendo información de esos acuerdos "y exigirá a los directores de las prisiones y a todos y cada uno de los funcionarios que hayan votado a favor de esos acuerdos la responsabilidad que corresponda" por la posible comisión de un delito de prevaricación.
La excarcelación permanente de los presos a los que se ha aplicado el régimen del artículo 100.2 carece de apoyo alguno en la legislación penitenciaria dado que su clasificación es el segundo grado, que permite salidas para realizar el tratamiento asignado y permisos, pero no pernoctar en sus domicilios de forma permanente.
De hecho, el pasado día 19 Instituciones Penitenciarias tuvo que aclarar que la posibilidad de que, durante la crisis del coronavirus, los responsables de las cárceles envíen a casa a los internos para que cumplan condena en sus domicilios sometidos a medidas de control telemático se refiere sólo a los presos clasificados en tercer grado y no a los artículos 100.2.