El Tribunal Constitucional vive en los últimos días un intenso debate interno sobre cuándo y, sobre todo, cómo reanudar las reuniones del pleno, paralizadas desde el 10 de marzo con motivo de la pandemia del Covid-19.
Desde entonces sólo ha celebrado un sesión del pleno para asuntos de trámite y otra de la Sala Primera para avalar la prohibición de las manifestaciones del Primero de Mayo, pero en ninguna de las dos se requirió la presencia de los magistrados.
El empeño del presidente del TC, Juan José González Rivas, en que el tribunal vuelva a celebrar plenos de forma presencial, en un momento en el que las cifras de pendencia son las más bajas de los últimos años y cuando no está sobre la mesa ningún asunto de una urgencia excepcional, ha soliviantado a un grupo de magistrados, partidarios de no correr riesgos para la salud y de que la reanudación de la actividad, al menos en un primera etapa, se realice por vía telemática.
Ocho de los doce miembros del Tribunal Constitucional tienen más de 70 años y las circunstancias personales de varios de ellos les convierten personas de alto riesgo frente al coronavirus.
Uno de los magistrados se ha dirigido por carta al presidente para recordarle esa situación y la necesidad de que prevalezca la protección de la salud de los miembros del tribunal. A su juicio, la conveniente reanudación de los plenos debe hacerse de forma que se conjuren los riesgos existentes, por lo que se puede recurrir a procedimientos telemáticos, como está haciendo el Consejo de Ministros.
Pero González Rivas insiste en que la reactivación de los plenos sea, en todo caso, presencial, para lo que ha ordenado acondicionar una amplia sala, hasta ahora dedicada a seminarios, en la que hay espacio para colocar doce mesas individuales y que estén separadas entre sí más de dos metros.
A favor del criterio de González Rivas se aduce que la vía telemática no es idónea para las largas y complejas deliberaciones del tribunal. También se recuerda que, a raíz del otoño caliente de 2017 en Cataluña, el TC ha sufrido dos intentos de hackeos reivindicados por Anonymous.
Pero el principal argumento es que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no prevé la celebración telemática de deliberaciones y dictar sentencias de esa manera podría, quizá, ser alegado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por recurrentes a los que no se haya dado la razón. También se recuerda que el TC impidió el debate de investidura de Carles Puigdemont porque pretendía hacerse de forma telemática, lo que no está previsto en el reglamento del Parlamento catalán.
Otras fuentes del tribunal, sin embargo, rechazan la comparación: las razones de conveniencia de un prófugo de la Justicia no son equiparables a una situación de pandemia.
González Rivas ha optado por una vía intermedia para tratar de aplacar la oposición a un pleno presencial. Persiste en su idea de que los magistrados tienen que acudir al tribunal pero ha renunciado a convocarlos para el 2 de junio, como pensaba inicialmente, y ha retrasado la cita dos semanas más.
La convocatoria para el 16 de junio ha sido comunicada este viernes a los miembros del TC. El día anterior habrá una reunión, también presencial, de la Sala Primera. La vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, ha manifestado que la Sala Segunda, que preside ella, será convocada también el 15 de junio pero de forma telemática.
Vox y 'procés'
En el orden del día del próximo pleno figura la admisión a trámite de los recursos de amparo interpuestos por Vox contra las decisiones de la Mesa del Congreso de limitar a actividad de la Cámara a raiz del estado de alarma.
También han sido incluidos varios asuntos relacionados con Cataluña: las recusaciones del TC planteadas por Oriol Junqueras y, recientemente, Carme Forcadell; las peticiones de suspensión de la condena del 'procés' formuladas por Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Joaquim Forn; y distintos incidentes de ejecución promovidos por el Gobierno respecto a resoluciones del Parlamento de Cataluña.
Está previsto que se debata el proyecto de sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno de la Nación respecto al Código Tributario de Cataluña, así como el mantenimiento o no de la suspensión del Plan de Acción Exterior de la Generalitat, también impugnado por el Ejecutivo central.