La jueza del 8-M advierte de responsabilidad penal a Interior si no respeta la reserva de sus guardias
Tras el cese de Pérez de los Cobos, Rodríguez-Medel recuerda por escrito que sus policias judiciales tienen el deber de no informar de la investigación
26 mayo, 2020 00:57Noticias relacionadas
La titular de Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha enviado este lunes un escrito al Ministerio del Interior para recordar la obligación de "estricta reserva" que tienen los guardias civiles adscritos a ella como Policía Judicial para investigar la relevancia penal de la celebración de la manifestación del Primero de Mayo.
El escrito, enviado al secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, advierte a Interior de que la infracción de ese deber puede dar lugar a correcciones disciplinarias y que también "pudieran ser penales". La jueza señala asimismo que, de producirse una quiebra de la reserva, iniciará una investigación.
La reacción de la magistrada se produce tras la decisión del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, de cesar al coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid después de que éste se negara a pedir información a sus subordinados sobre las investigaciones que llevan a cabo bajo las órdenes de Rodríguez-Medel. La jueza ha acordado ya las primeras citaciones, de modo que el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, tendrá que comparecer como investigado por un presunto delito de prevaricación el próximo 5 de junio.
La jueza recuerda en el escrito dirigido al número dos de Interior que "desde el primer día" de la investigación, abierta el pasado 25 de marzo, dio "orden expresa" a los guardias civiles adscritos a ella como Policía Judicial de que debían guardar una "rigurosa reserva" sobre la evolución y resultado de las investigaciones, así como de "todas las informaciones" que obtengan, de modo que "sólo se informará a esta magistrada-jueza".
Así lo indican tanto el artículo 126 de la Constitución como el real decreto de junio de 1987 que regula el funcionamiento de la Policía Judicial. "La Policía Judicial depende de los jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca", señala el citado precepto constitucional.
El escrito de la magistrada también recuerda el contenido del artículo 15 del real decreto, según el cual los funcionarios integrantes de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial deberán guardar una estricta reserva sobre investigaciones.
La jueza indica finalmente que "la infracción de dicho deber será corregida disciplinariamente, sin perjuicio de otras responsabilidades a que la misma pudiere dar lugar -que pudieran ser penales- cuestión ésta que, hasta el momento, no me consta que se haya producido pero que, de producirse, podría dar lugar a la correspondiente investigación por parte de este Juzgado".