Los jueces empiezan a expresar criterios contrarios a la pretensión de la Fiscalía General de que el contador de la duración de las instrucciones penales se ponga a cero a partir del 4 de junio, cuando se levantará la suspensión de los procedimientos judiciales que ha estado vigente desde que se declaró el estado de alarma por la pandemia del Covid-19.
Los magistrados de las tres Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas han adoptado un acuerdo -que han remitido a los jueces decanos del territorio para su traslado a los jueces de instrucción- en el que dan a conocer el criterio que van a mantener sobre el reinicio de las instrucciones penales, contrario al expresado por la Fiscalía que dirige Dolores Delgado.
La Fiscalía General interpreta que, una vez que se levante la suspensión de los procedimientos judiciales el próximo jueves, las investigaciones criminales tienen que volver al punto de partida en cuanto a la duración que a cada una corresponda, de modo que se podrían prolongar otros seis o 18 meses más del tiempo que ahora llevan, en función de que hayan sido o no declaradas complejas.
Esta interpretación, plasmada en un informe elaborado por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, pondría a cero el contador de lo que debe durar una investigación incluso si está a punto de consumir el plazo que ya tenía establecido antes del Covid-19. El criterio de Delgado perjudica, en particular, al PP, afectado por causas que llevan años tramitándose como Púnica o Lezo. El plazo de terminación de esas instrucciones está fijado para junio y diciembre, respectivamente, pero con la interpretación de la Fiscalía General se verían ampliados.
La Fiscalía intentó en abril que en el decreto-ley de recuperación de la actividad de los tribunales se introdujera la supresión del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la norma que introdujo en 2015 plazos de duración de las instrucciones penales. Justicia rechazó la pretensión de Delgado argumentando que no se podía utilizar una normativa de excepción para suplantar al Congreso, que tiene encima de la mesa dos proposiciones de ley para derogar esos plazos.
La interpretación de la Fiscalía sobre el reinicio de los plazos procesales a partir del 4 de junio permite, de facto, soslayar el artículo 324. Pero está empezando a encontrar dificultades entre los jueces.
"En perjuicio directo del reo"
Los 12 magistrados de lo penal de la Audiencia Provincial de Las Palmas abordaron el asunto en una reunión a la que les convocó el presidente, Emilio Moya, el pasado 21 de mayo.
Desde la Audiencia explican que se trataba de unificar criterios para que los jueces de instrucción sepan cuál va a ser el criterio de las Secciones Penales y evitar recursos innecesarios.
Por unanimidad, los magistrados adoptaron el criterio de que el plazo de instrucción de cada causa "se reanuda" a partir el 4 de junio, no parte desde cero.
Consideran que el artículo 324 de la ley procesal no establece términos y plazos procesales para acciones de las partes sino que fija la duración máxima de una instrucción. Es, por ello, un plazo de caducidad del proceso, que no puede iniciarse de nuevo, sino reanudarse en el punto en que quedó tras la suspensión impuesta por el estado de alarma.
Consideran, además, que debe aplicarse un concepto estricto de suspensión y que la interpretación de la Fiscalía General "va en perjuicio directo del reo".
Las fuentes consultadas aseguraron que éste no es sólo un criterio de los magistrados, sino que también lo comparten fiscales del territorio.