Guillermo Serrano Amat.

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Tribunales

Jordi Sànchez se burla de la jueza: pide trabajar para Puigdemont tras asegurar que dejaba el activismo

Reclama salir de prisión de lunes a viernes durante 12 horas cada día para ejercer como director gerente de la Crida Nacional per la República.

29 junio, 2020 03:12

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Jordi Sànchez, condenado a nueve años de prisión por su papel en el proceso unilateral de independencia de Cataluña, pretende salir de prisión de lunes a viernes de 8 de la mañana a 21 horas para trabajar como director gerente de la Crida Nacional per la República, el nuevo partido de Carles Puigdemont.

La petición del expresidente de Asamblea Nacional Catalana y exdiputado de Junts per Catalunya contradice las garantías que dio al equipo de tratamiento de la cárcel de Lledoners y que fueron determinantes para que la junta de la prisión propusiera -y la jueza de vigilancia penitenciaria aceptara- los permisos de salida y el régimen de semilibertad del que disfruta desde el 7 de febrero. Todas esas concesiones han sido recurridas por el fiscal.

El jurista, el psicólogo y la trabajadora social del centro penitenciario se mostraron en sus informes a favor de la salidas de Sànchez de prisión porque “el interno, a consecuencia de los hechos [por los que ha sido condenado], se ha desvinculado de toda entidad dedicada a la movilización y no tiene intención de continuar este camino".

"Sus expectativas actuales ya no están en la política activa, ni tampoco en la presidencia de la ANC, ya que actualmente ya no lo es, ni tiene intención de volver a liderar ninguna entidad ni movimiento social”, añadían los miembros del equipo de tratamiento, según los cuales Sànchez “manifiesta que sus inquietudes políticas serán enfocadas de otra manera, que por descontado no será la de activismo social".

La jueza de vigilancia penitenciaria María Jesús Arnau destacó en negrita el contenido de esos informes en el auto por el que concedió a Jordi Sànchez el primer permiso ordinario de salida, el pasado 25 de febrero.

Teniendo en cuenta que Sànchez manifestó al equipo de tratamiento que era “consciente de que se ha de reinventar” en el aspecto laboral y que “tiene algunos contactos para trabajar en entidades profesionales privadas", tanto la cárcel como Arnau concluyeron que “no existen indicios de riesgo de reincidencia delictiva ni de quebrantamiento de condena”.

La jueza advertía, sin embargo, de que “en caso de existir dichos riesgos, ello sí sería un factor relevante de valoración a nivel penitenciario de carácter negativo”.

El 22 de abril Arnau aprobó la propuesta de Lledoners de otorgar al expresidente de la ANC el régimen el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para que pudiera salir de la cárcel los martes, jueves y viernes de 9:00 a 20:00 horas con el fin de realizar voluntarido en la Fundació CanPedro. Era preciso "dotar al interno de herramientas que le ayuden a la no reincidencia", se dijo.

Pero los planes de Sànchez son otros. El 21 de mayo pidió una modificación del 100.2 presentando un contrato laboral indefinido para trabajar como director gerente de la Crida Nacional per la República durante 37,5 horas semanales. La actividad de voluntariado se convertiría en un complemento limitado a 9 horas semanales, sólo lunes, miércoles y viernes de 12.00 a 15.00 horas.

Esto no es lo hablado

La petición cayó como un tiro en la Junta de Tratamiento, que ese mismo día hizo un informe desfavorable a esa modificación. "No es ajustada a su programa individual de tratamiento", afirmó. Sànchez "pasaría a presidir, dirigir y gestionar y representar a la entidad Crida per la República, que es una actividad lícita y legítima pero no ajustada a sus necesidades tratamentales”.

La Junta recordaba que en el programa de tratamiento por el que se le concedió el 100.2 "se hizo constar que la actividad laboral sería en el ámbito privado, en la docencia o en una actividad similar, no en sí en el activismo social o político, o en promover la difusión de sus ideales soberanistas a la ciudadanía ni a los medios de comunicación ni en promover debates internos y externos con relación a los ideales de dicha asociación, actividad del todo legítima, pero no conveniente para su proceso de rehabilitación”.

“Por la relación existente entre la actividad propuesta y el delito cometido, se valora que esta no incidirá favorablemente en el ámbito tratamental de la etiología delictiva”, concluyó.

Sànchez ha presentado un recurso de queja ante Arnau por la denegación de la modificación de su régimen de semilibertad. Pero, paralelamente, pidió a la cárcel un nuevo cambio del 100.2 ceñido al voluntariado pero ampliándolo para salir de Lledoners de lunes a viernes de 8 a 21 horas. Esta vez la Junta de Tratamiento, en sesión extraordinaria, accedió a los deseos de Sànchez.

El menor tiempo posible dentro

El fiscal se ha opuesto tanto a esta modificación aprobada por la Junta como a la estimación de la queja del condenado. "No se indica ningún motivo que justifique pasar a salir del centro 33 horas a la semana (11 horas diarias martes, jueves y viernes) a salir 65 horas semanales (13 horas de lunes a viernes)", argumenta.

La Junta de Tratamiento "simplemente valora tal ampliación como favorable y la aprueba (...), sin constatar si la entidad precisa que el interno preste sus servicios en la misma dos días más a la semana. Es más, parece que tales servicios no eran tan necesarios cuando el interno, para el supuesto de que se aprobara la actividad laboral [en la Crida], iba a reducir la actividad de voluntariado a 9 horas semanales", añade.

Para el Ministerio Público, la ampliación acordada "carece de todo fundamento, habiéndose articulado simplemente como un modo de que el interno permanezca en el centro penitenciario el menor número de horas posibles".

Ello, unido a los permisos gubernativos y judiciales de los que también disfruta, "hace que estemos de facto ante un tercer grado encubierto que evita así los controles judiciales que conllevaría la progresión a tercer grado del interno". La concesión de régimen abierto sería supervisada, en caso de recurso, por la Sala Penal del Supremo que juzgó el 'procés'.

Respecto a la queja de Sànchez por no permitírsele trabajar en el partido de Puigdemont, el fiscal considera acertadas las valoraciones de la Junta de Tratamiento.

Recuerda que Jordi Sànchez cometió el delito de sedición "aprovechando su condición de presidente de la ANC", que comparte con la Crida el objetivo de crear un estado catalán independiente.

"Ha ocultado y mentido"

El fiscal hace hincapié en que Jordi Sànchez es presidente de la Crida desde enero de 2019, aunque el equipo de tratamiento "ha tenido conocimiento de tal circunstancia muy recientemente".

"Ni en las propuestas de permiso ni en la propuesta de aplicación del régimen del artículo 100.2 se hace ninguna referencia al respecto, lo que supone que el interno ha ocultado a los miembros de la Junta de Tratamiento información relevante", señala.

"Es más, en todos los informes del jurista [de enero, febrero y marzo pasados] se dice expresamente 'las expectativas actuales ya no están en la política activa', faltando por lo tanto el interno en sus manifestaciones a la verdad en la medida en que en tales fechas ya era presidente de Crida Nacional per la República entidad que se define como política y que consta inscrita como partido político".

El fiscal concluye que cuando se trata de delitos graves "la pena ha de identificarse por la sociedad y por el afectado como una sanción efectiva, a fin de mantener la confianza en el Estado de Derecho y en el buen funcionamiento de la Administración Pública, afianzando la máxima de que la Justicia es igual para todos".

A su juicio, esto quebraría si se concede a Sànchez "el régimen excepcional del artículo 100.2 con una gran amplitud horaria de 13 horas diarias de lunes a viernes (...) sin concurrir motivos tratamentales que lo justifiquen".