El pleno de la Sala Penal del Supremo no ha admitido a trámite la recusación de todos sus miembros, excepto uno, planteada por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, en el seno de un incidente procesal sobre la abstención solicitada por el magistrado Miguel Colmenero, que ha sido aceptada.
Colmenero se ha abstenido del examen del recurso de casación planteado por Torra contra la sentencia del Tribunal Superior de Cataluña que le condenó a un año y medio de inhabilitación y al pago de una multa de 30.000 euros por un delito de desobediencia. Torra desatendió de forma reiterada e injustificada el mandato de la Junta Electoral Central para que retirara de los edificios oficiales los lazos amarillos durante el período de campaña electoral.
La Sala ha aceptado la abstención de Colmenero, basada en que acaba de ser nombrado miembro de la Junta Electoral Central. En este magistrado había recaido por reparto la ponencia del recurso de Torra, pero el resto del tribunal que se pronunciará sobre la confirmación o revocación de la condena del presidente del Gobierno catalán no ha sido aún designado.
Pese a ello, Torra ha recusado a todos los integrantes de la Sala Penal excepto a la magistrada Susana Polo.
La Sala ha rechado a limine, es decir, de entrada y sin necesidad de más trámites, una recusación que considera planteada "con manifiesto abuso del derecho o fraude procesal".
El pleno de la Sala aprecia que la recusación se fundamenta en causas cuya invocación es "arbitraria o manifiestamente infundada y son prima facie [a primera vista] descartables".
Así, respecto al presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Andrés
Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo, Ana Ferrer, Carmen Lamela, Pablo LLarena y Vicente Magro la recusación se basaba en que han acordado o ratificado la "arbitraria detención" de los "presos políticos catalanes». Además, Ferrer y De Porres son vocales de la Junta Electoral, señalaba, sin saber si van a formar parte de la Sala que falle sobre la condena.
Julián Sánchez Melgar fue recusado por haber sido fiscal general y Marchena, de nuevo, "por su actuación en este recurso de casación, que da lugar a dudas objetivas
adicionales acerca de su imparcialidad" y ello por un comunicado del gabinete de prensa del Supremo indicado el posible señalamiento del recurso de Torra el próximo 17 de septiembre.
"Las causas de recusación mencionadas se invocan de manera arbitraria y no guardan relación con el objeto del incidente procesal", que no es otro que la abstención de Colmenero, afirma el tribunal.
La concurrencia de todas las causas alegadas "es descartable ab initio [desde el principio] si tenemos en cuenta que no comprometen la imparcialidad de los magistrados, que se han de limitar a decidir si estiman justificada una abstención".
"Incluso algunas de ellas se basan en actos ajenos a las decisiones procesales de los magistrados recusados, como es la relativa a la comunicación de una pretendida fecha de señalamiento en la causa", añade.
La Sala recuerda al doctrina del Tribunal Constitucional, que rechaza sistemáticamente las recusaciones de todos sus magistrados, a lo que han cogido afición los políticos catalanes con problemas penales. El TC considera que intentar apartar a todo un tribunal es dejarlo sin capacidad de actuar.
La Sala Penal constata que con la recusación de Torra sucede lo mismo "Es patente que de facto se plantea contra toda la Sala de lo Penal en el seno de un incidente, por lo que como indican las resoluciones del Tribunal Constitucional, la recusación formulada carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo", afirma el Supremo en una resolución con ponencia de Andrés Martínez Arrieta.