El extesorero del PP Luis Bárcenas (C) sentado en el banquillo de los acusado.

El extesorero del PP Luis Bárcenas (C) sentado en el banquillo de los acusado. EFE

Tribunales

El tribunal rechaza la petición de Bárcenas de carearse con Rajoy en el juicio sobre la sede del PP

La Audiencia Nacional desestima la petición de limitar los hechos objeto de acusación y permitirá debatir sobre las donaciones a la caja B.

8 marzo, 2021 10:33

La Sección Penal Segunda de la Audiencia Nacional ha rechazado la petición de la defensa de Luis Bárcenas para celebrar un careo entre el extesorero del PP y Mariano Rajoy, al considerar que esta prueba es más propia de la instrucción que del enjuiciamiento.

El tribunal ha reanudado este lunes el juicio contra Bárcenas, el exgerente del PP Cristóbal Páez y los socios de la empresa Unifica en relación con la utilización de la caja B del partido para paga una parte de la reforma de la sede nacional de la calle Génova.

La Sala no considera necesario carear a Bárcenas y a Rajoy, que está citado a declarar como testigo, en contra de lo que propuso el defensor del extesorero, Gustavo Galán, en la fase de cuestiones prevista de la vista.

El tribunal ha rechazado la petición del fiscal y de las defensas de acotar el objeto del enjuiciamiento para limitarlo a la reforma de la sede del PP y a la utilización de la caja B para la compra de acciones de Libertad Digital por el extesorero Álvaro Lapuerta, ya fallecido.

La petición derivaba del hecho de que las acusaciones han incluido en sus escritos de acusación hechos relativos a las presuntas donaciones realizadas al PP por parte de empresarios a cambio de adjudicación de contratos y obras públicas.

El tribunal considera que "no procede efectuar delimitación de objeto del proceso, lo que corresponde a las partes con sus escritos de calificación", con independencia de que los magistrados fijen finalmente los hechos probados y su calificación jurídica.

El presidente de la Sala ha explicado que "acordada la apertura de juicio oral y admitida la prueba propuesta, no puede excluirse ninguno de los delitos objeto de acusación, sin perjuicio de que el tribunal cuidará de que la prueba se ciña a los hechos objeto de acusación"