El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por el exconsejero catalán de Justicia Carles Mundó contra su condena en el juicio del 'procés'.
El TC, en una sentencia con ponencia del magistrado Juan Antonio Xiol, ha respaldado la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo, que impuso a Mundó un año y ocho meses de inhabilitación y multa por un delito de desobediencia por haber intervenido en la celebración del referéndum ilegal del 1-O, prohibido por el Tribunal Superior de Cataluña y por el propio Constitucional.
El TC destaca que Mundó formaba parte del Gobierno catalán cuando se aprobó la convocatoria de un referéndum de autodeterminación y tenía conocimiento de las decisiones del Tribunal Constitucional que habían declarado inconstitucionales y nulas las resoluciones del Parlamento catalán que instaban al Govern a llevar a cabo un proceso unilateral de independencia.
Mundó fue condenado por su "contumaz desatención" a los mandatos del TC. Como miembro del Gobierno de Puigdemont, fue destinatario personal de los requerimientos emanados del TC sobre la inconstitucionalidad y ausencia de efectos a las iniciativas legislativas y reglamentarias que el Govern y el Parlament fueron adoptando durante el 'procés'. En lugar de acatar esos pronunciamientos, el exconsejero mantuvo una "conducta rebelde a reconocer la vinculación y consiguiente deber de actuar en cumplimiento de lo ordenado", señaló el Supremo.
Éste es el segundo recurso de amparo relacionado con la sentencia del 'procés' que resuelve el Constitucional, después del de Meritxell Borràs, exconsejera de Presidencia.