El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid ha anulado el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid y ha ordenado al Ministerio del Interior que lo reponga en ese cargo.
En una sentencia que supone un rotundo varapalo al ministro Fernando Grande-Marlaska, el juez ha estimado el recurso que Pérez de los Cobos interpuso contra su destitución. El fallo judicial, que es recurrible, impone al Ministerio del Interior las costas del contencioso.
El juez Celestino Salgado ha concluido que el cese del mando de la Benemérita constituyó una "desviación de poder" porque su motivación fue "ilegal": la destitución se debió al empeño de Pérez de los Cobos en "cumplir con lo que la ley establece" sobre la debida reserva de las investigaciones judiciales.
Pérez de los Cobos, un mando de la Benemérita que ha sido clave en la causa del 'procés' y en la lucha contra ETA, fue destituido de manera fulminante el 24 de mayo de 2020 como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid.
El cese, justificado en la "pérdida de confianza", fue decidido por Grande-Marlaska después de que el coronel se negara reiteradamente a la petición de sus superiores políticos de facilitarles información sobre el procedimiento penal que instruía la jueza Carmen Rodríguez-Medel sobre la celebración de la manifestación del 8 de marzo, Día de la Mujer, cuando la pandemia del Covid-19 ya estaba extendida.
Las diligencias penales afectaban entonces al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, que finalmente fue exonerado. Pero en aquel momento Franco estaba siendo investigado por un presunto delito de prevaricación y el Gobierno temía que la imputación se extendiera a Fernando Simón, portavoz de Sanidad. Pérez de los Cobos se negó a pedir datos de la causa judicial a sus subordinados -lo que le fue reclamado incluso por la propia directora de la Guardia Civil, María Gámez, en la noche anterior al cese- porque esos agentes trabajan como Policía Judicial para auxiliar a la instructora en la investigación y sólo debían informar a la magistrada. Rodríguez-Medel, además, había dado instrucciones expresas en ese sentido.
El fallo judicial, adelantado por El Mundo, será recurrido por la Abogacía del Estado.
"Singularidad" del investigado
El juez considera que el cese del coronel de la Guardia Civil fue motivado por Interior y esa motivación se contiene en la propuesta de destitución que firmó María Gámez: "pérdida de confianza de esta Dirección General y del equipo de dirección del Ministerio del Interior, por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento".
El juez no acoge la alegación de la Abogacía del Estado de que era imprescindible la comunicación de datos de la investigación a los mandos políticos de Interior para "una asignación eficiente y coordinación de los recursos limitados".
"No obstante los esfuerzos argumentales desplegados por el abogado del Estado, es lo cierto que tal motivo no aparece -ni tan siquiera aludido- en ninguna de las resoluciones [del Ministerio]", señala la sentencia.
Más aún, el teniente general Laurentino Ceña, ex director adjunto operativo en aquel momento y que declaró como testigo, manifestó que a efectos organizativos era innecesario que la cadena de mando comunicara a la directora general de la Guardia Civil la existencia de la investigación.
Ceña declaró que se informó a los mandos políticos de la investigación sobre el 8-M "debido a la singularidad de la persona investigada" en referencia al entonces delegado del Gobierno.
"Moncloa lo ha decidido"
El exDAO relató al juez que informó a la directora general en tres ocasiones sobre la investigación judicial, siempre a petición de Gámez.
La última vez fue "el día 24 de mayo, sobre las 21:33 horas, [cuando] recibió llamada de la directora, quien le preguntó si era conocedor de la entrega de diligencias de investigación, contestándole que lo ignoraba y se enteraría a través de la cadena de mando", dijo Ceña. Se refería a un informe de 80 folios recién entregado a la jueza instructora por el equipo investigador, que había hallado datos incriminatorios sobre la gestión de José Manuel Franco. Algunos datos de ese documento se habían filtrado a la prensa.
Ceña habló con Pérez de los Cobos y éste se negó a pedir datos de ese informe a los investigadores (subordinados suyos) dada las estrictas órdenes de reserva dadas por la magistrada Rodríguez-Medel.
El exDAO trasladó esa información a las 21:53 horas a Gámez, "quien en una conversación de 13 minutos le dice que se va a cesar al coronel". Ceña le pidió parar el cese para llevar a cabo investigaciones sobre las circunstancias y que el interesado pudiera aducir en su defensa, lo que rechazó Gámez "porque la decisión estaba tomada por Moncloa y se le iba a cesar".
Para el juez Salgado, "la motivación de la propuesta de cese no es real o al menos no se ajusta a la realidad" ya que Pérez de los Cobos informó a sus superiores de las diligencias que afectaban al delegado del Gobierno en Madrid "hasta que la magistrada ordenó expresamente que no se informase a nadie más que a ella de la evolución y el resultado de las investigaciones". Toda la cadena de mando hasta la directora general de la Guardia Civi "eran conscientes de que no se podía informar de ningún detalle", afirma.
Pérez de los Cobos "informó de lo que debió informar y no informó de lo que no conocía y no podía ni debía informar. Si hubiera conocido esos detalles y los hubiera comunicado hubiera cometido un delito de revelación de secretos", señala el juez, acogiendo este alegato del coronel.
"Clara desviación de poder"
"Es indiscutible es que, a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la magistrada [Rodríguez-Medel], se cesó al recurrente por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil", manifiesta el juez de lo contencioso-administrativo
"No constando en modo alguno qué información se consideraba que debería haber comunicado el recurrente en su condición de jefe de la Comandancia de Madrid, no podemos concluir más que el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal, en tanto que el cese estuvo motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban tanto a la Unidad de Policía Judicial como a sus superiores, en este caso a Pérez de los Cobos, esto es, no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de un ilícito penal", afirma.
"Esa motivación [de la destitución] es ilegal", concluye el juez. "Estamos ante un claro ejercicio desviado de la potestad discrecional" de cesar a un mando.
"La legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad", añade. "El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos. Es por ello que el ejercicio de las potestades discrecionales está sujeto al control jurisdiccional", finaliza