La alcaldesa de Barcelona, el pasado 27 de junio en la cena inaugural del Mobile World Congress./

La alcaldesa de Barcelona, el pasado 27 de junio en la cena inaugural del Mobile World Congress./ Efe

Tribunales

El Tribunal de Cuentas abre una investigación a Ada Colau por financiar una consulta ilegal

Ve indicios de responsabilidad contable en el otorgamiento de subvenciones y en el destino de fondos a un sondeo ciudadano sobre la gestión del agua. 

2 julio, 2021 03:19

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El Tribunal de Cuentas nombrará a un delegado instructor para investigar las presuntas irregularidades cometidas por la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, al destinar fondos públicos a determinadas asociaciones privadas afines y a organizar una consulta popular contraria a Derecho en el marco de su política sobre la remunicipalización del servicio de abastecimiento de agua.

El inicio de la fase de instrucción ha sido propuesto por el consejero Felipe García Ortíz con el apoyo de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas. Ambos coinciden en que "pueden apreciarse en dichas irregularidades indicios de responsabilidad contable", que se exige a los que administran fondos públicos por actuaciones contrarias a las normas presupuestarias y de contabilidad.

La decisión del Tribunal de Cuentas es consecuencia de una denuncia interpuesta el pasado 20 de enero por la Sociedad General de Aguas de Barcelona

SGAB, perteneciente al Grupo Suez, tiene la mayoría del capital social de la empresa público-privada Aigües de Barcelona (AB), que se encarga de la gestión del ciclo integral del agua para unos tres millones de personas de 23 municipios, entre ellos Barcelona capital. El 15% de AB está en manos de la entidad pública Área Metropolitana de Barcelona, que es la titular del servicio de abastecimiento en virtud de una ley del Parlament catalán.

Sociedad General de Aguas de Barcelona denunció un menoscabo de fondos públicos por importe de 875.293 euros del que responsabilizó a Colau; a Eloi Badia, concejal de emergencia climática y transición ecológica; Teresa Llor, interventora adjunta del Ayuntamiento de Barcelona, y Jordi Campillo, gerente de ecología urbana.

La denuncia se refiere a actuaciones municipales que, según SGAB, están encaminadas a modificar el sistema de prestación del servicio público de abastecimiento de agua del que es titular legal Área Metropolitana de Barcelona (AMB) con el fin de que, en Barcelona, ese servicio sea prestado directamente por el Ayuntamiento.

Esas actuaciones son, de un lado, los encargos de gestión hechos a las entidades municipales Barcelona Cicle de l’Aigua S.A. (BCASA) y Barcelona Regional, Agència de Desenvolupament Urbà, S.A. para elaborar informes y planes de trabajo para la “transición hacia la gestión pública del agua de la ciudad de Barcelona”.

De otro, la denuncia alude a la preparación de una consulta ciudadana sobre la gestión del servicio de abastecimiento de agua en el municipio con la cuestión ¿Desea usted que la gestión del agua en Barcelona sea pública y con participación ciudadana?”.

Para la empresa denunciante, esa consulta ciudadana vulneraría la Ley catalana de Consultas Populares por vía de referéndum y la Ley de Bases de Régimen Local, que exigen informe de la Generalitat de Cataluña y la autorización del Gobierno del Estado. También infringiría el Reglamento de Participación Ciudadana, que prohíbe formular consultas “que se refieran a materias sobre las que se esté ejecutando algún tipo de contratación en relación a la cual su resultado pudiera producir perjuicios a terceros”.

Petición de archivo

El Ayuntamiento de Barcelona pidió al Tribunal de Cuentas que archivara la denuncia al considerar que "no obedece a la defensa de la buena gestión de los fondos públicos sino a los intereses empresariales de la denunciante".

El Consistorio que dirige Ada Colau defendió que los encargos a las entidades municipales eran "necesarios y pertinentes" para el establecimiento de las estrategias de planificación y gestión.

A su juicio, la atribución de la competencia relacionada con el suministro de agua a AMB no supone el traspaso a ésta de la titularidad dominical de las infraestructuras, instalaciones y redes que sirven de apoyo material para la prestación del servicio.

Respecto a la consulta, el Ayuntamiento defiende que no tienen por qué limitarse a materias de competencia municipal en sentido estricto.

Sostiene, además, que dar subvenciones forma parte de sus competencias
discrecionales.

En una resolución dictada el pasado martes por el consejero del Tribunal de Cuentas García Ortiz se comparte el criterio del Ayuntamiento respecto a la ausencia de responsabilidad contable en los encargos a las entidades municipales.

"No cabe apreciar infracción contable o presupuestaria alguna por la adopción, por parte del Ayuntamiento de Barcelona, de compromisos de gasto relacionados con la gestión del agua, manteniendo dicho Ayuntamiento competencias en la materia".

El consejero argumenta que el Consistorio no sólo forma parte de AMB sino que además tiene "interés directo en la gestión del servicio y plena legitimidad para plantear e incentivar un régimen de gestión de agua alternativo, propugnando la sustitución de la actual modalidad de gestión indirecta (a través de la sociedad mixta AB, participada por SGAB) por la gestión directa del servicio a nivel municipal barcelonés, a través de BCASA, como medio propio".

Por ello, "no resultan ilegales los gastos" en que el Ayuntamiento haya incurrido al realizar esos encargos, que responden a "criterios de oportunidad o valoración política y en los que no se aprecia un perjuicio a los fondos públicos" al haberse realizado las actuaciones comprometidas por las sociedades que recibieron los encargos.

Consulta ciudadana

Por el contrario, en la organización de la consulta ciudadana sobre el servicio de abastecimiento de agua potable "cabe apreciar la existencia de indicios de una posible infracción contable o presupuestaria, así como de un daño a los fondos públicos derivado de la citada consulta", afirma la resolución del consejero.

La celebración de esa consulta, acordada en octubre de 2918, fue impugnada por SGAB y por AB ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que declaró su nulidad sobrevenida al ser declarado nulo el Reglamento de Participación Ciudadana (RPC) del Ayuntamiento de Barcelona.

El fallo devino firme porque el pasado 18 de febrero el Tribunal Supremo inadmitió el recurso interpuesto por le Ayuntamiento barcelonés. El 25 de marzo Colau firmó un decreto dejando sin efecto el acuerdo de llevar a cabo la consulta.

"Habiéndose emitido los pronunciamientos [judiciales] sobre la falta de adecuación a la legalidad de la iniciativa en cuestión, el importe invertido en dicha consulta ciudadana de, al menos, 15.000 euros podría haber ocasionado un perjuicio a los fondos públicos" susceptible de generar responsabilidad contable, señala García Ortíz.

Subvenciones

El consejero también aprecia indicios de responsabilidad contable en las subvenciones municipales, "debiendo investigarse por el delegado instructor si el aumento de financiación de esas entidades ha podido conllevar vulneración de la normativa presupuestaria o contable aplicable" y si ha habido un perjuicio a los fondos públicos "derivado de la denunciada ausencia de resultados tangibles o del cumplimiento de fines que, en su caso, fueran previstos para las subvenciones en cuestión".

La resolución destaca que sobre este asunto ya hay una investigación de la Fiscalía de Barcelona "ante los indicios de la comisión, por parte de la alcaldesa de Barcelona y concejales afines, de los delitos de prevaricación, fraude en la contratación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias".