El Tribunal Constitucional ha decidido este martes por unanimidad no dejar en suspenso la vigencia de las órdenes de detención y entrega acordadas por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig.
El TC, a propuesta de la magistrada María Luisa Balaguer, ha desestimado la solicitud de medidas cautelares interesadas por Puigdemont, Comín, Ponsatí y Puig, en el marco del recurso de amparo que interpusieron a principios de año.
Este recurso se dirige contra la decisión de Llarena del pasado 14 de octubre de emitir órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención contra los exdirigentes políticos catalanes.
El TC ha acordado este martes confirmar su previa decisión del pasado 16 de marzo en la que ya se mostró en contra de suspender preventivamente las órdenes de detención inaudita parte (sin oír al fiscal).
Ahora reitera que el rechazo de la suspensión cautelar de las OEDE es respetuoso con el derecho a la tutela judicial efectiva de los recurrentes en amparo.
La decisión de no dejar en suspenso la vigencia de las órdenes de detención impugnadas se basa en una consolidada doctrina constitucional, que niega la paralización cautelar en el procedimiento de amparo de las medidas provisionales privativas de libertad o que puedan tener un impacto en el derecho a la libertad personal.
El TC sostiene que suspender una medida cautelar adoptada por un órgano de la jurisdicción ordinaria y que conforma el objeto principal de ese recurso de amparo, supondría una resolución anticipada del fondo del recurso.
La decisión del Tribunal Constitucional se produce 11 días después de que Puigdemont fuera detenido en Cerdeña por la Policía italiana en virtud de la OEDE emitida por el magistrado Llarena y cuya vigencia confirma ahora el TC.
Tras su arresto, la Corte de Apelación de Sassari tramita un procedimiento de entrega que ha quedado en suspenso mientras el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal General de la UE deciden sobre una cuestión prejudicial emitida por el juez Llarena y sobre una demanda de Puigdemont contra la decisión del Parlamento Europeo de levantar su inmunidad para que pueda ser juzgado en España por su responsabilidad en el proceso unilateral de independencia catalán.