La magistrada Concepción Jerez ha archivado el procedimiento abierto contra Fernando Ramírez de Haro Valdés, marido de Esperanza Aguirre, por la venta del cuadro de Goya Retrato de Don Valentín Belvís de Moncada, adquirido por el empresario Juan Miguel Villar Mir en 2012 por 5,1 millones de euros.
La querella fue interpuesta el 13 de julio de 2020 por Íñigo Ramírez de Haro, hermano de Fernando, y se dirigía también contra el notario Francisco Javier Cedrón, albacea contador partidor de Ignacio Ramírez de Haro y Perez de Guzmán, padre de Fernando e Íñigo.
El pasado abril Íñigo Ramírez de Haro presentó ampliaciones de la querella para involucrar en el proceso a Villar Mir, como comprador del cuadro, y a la propia Esperanza Aguirre.
Según el querellante, ella y su marido "urdieron un plan" para disponer del lienzo pese a que no pertenecería a Fernando. Esperanza Aguirre se habría "prevalido" de su cargo de presidenta del Gobierno de Madrid y había "abusado de sus relaciones personales" para conseguir que se efectuaran modificaciones normativas.
Así, el cuñado de Aguirre subrayaba que, cuatro días antes de fallecer su padre, el decreto legislativo 1/2010 redujo el impuesto de adquisiciones mortis causa en un 95% en la Comunidad de Madrid.
Todo ello se habría hecho, además, infringiendo las normas que protegen el patrimonio artístico y defraudando a Hacienda, según el querellante.
Sobreseimiento libre
Para la instructora, sin embargo, no hay rastro de los delitos de estafa, falsedad documental, apropiación indebida y delito fiscal indicados por el querellante. Jerez ha archivado el proceso con un sobreseimiento libre (que tiene efectos de cosa juzgada) y ni siquiera ha optado por el habitual sobreseimiento provisional.
A su juicio, los documentos incorporados en la querella y otros recabados para el procedimiento descartan por completo la existencia de delito.
Esos documentos contradicen las acusaciones de Íñigo Ramírez de Haro, que afirmó haber sido objeto de un engaño por parte de su hermano para lucrarse con la venta del 'goya' que inicialmente pertenecía al padre de ambos y que Sotheby's tasó en marzo del 2012 con un valor entre 7 y 8 millones de euros.
El cuñado de Esperanza Aguirre afirmaba que ese bien pertenecía a la comunidad hereditaria indivisa de Ignacio Ramírez de Haro, pero Fernando habría engañado a Íñigo para que no impidiera la enajenación del cuadro, haciéndole creer que sería vendido en pública subasta en interés de los herederos.
La jueza señala, en primer lugar, un documento presentado en la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid el 1 de marzo de 2011 por el albacea contador partidor de la herencia de Ignacio Ramírez de Haro y Perez de Guzmán, solicitando una prórroga para la liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
El albacea adjuntó una relación de bienes donados por Ignacio Ramírez de Haro y Pérez de Guzmán a su primogénito (el marido de Esperanza Aguirre) el 30 de mayo del 2006, día de San Fernando. En esta relación aparece el retrato de Valentín Belvís de Moncada, sin fecha ni firma, haciéndose constar “atribuido a Goya“.
En la relación aparecen las firmas de la madre del querellante y querellado, Beatriz Valdés; de la hermana de Fernando e Íñigo, Beatriz Ramírez de Haro y Valdés, y del marido de Aguirre.
"No existe ningún motivo para dudar de la veracidad de las afirmaciones que se realizan, teniendo en cuenta que en la fecha indicada aún no estaba confirmado que el cuadro pertenecía a Goya, lo cual es incompatible con el inicio de la trama o plan elaborado por el querellado, según afirma el querellante", explica la instructora.
El testamento
En segundo lugar, del testamento de Ignacio Ramírez de Haro se desprende que instituyó herederos de todos sus bienes, por partes iguales, a sus hijos, "si bien ordena que por vía de partición le sea adjudicado, entre otros, a Fernando Ramírez de Haro y Valdés el cuadro de don Valentín de Moncada", de forma que para llevar a cabo la partición se tengan en cuenta las disposiciones que en vida del testador ha efectuado con cada uno de sus hijos.
En aquel momento (2008) se ignoraba el valor el cuadro, que no fue declarado obra de Goya hasta 2012, mucho después del fallecimiento de Ignacio Ramírez de Haro.
Un tercer documento, fechado el 9 de enero de 2014, refleja que todos los hermanos Ramírez de Haro y Valdés aceptaron con su firma que el cuadro "pertenece por donación a Fernando" y que éste "por las circunstancias económicas adversas que todos conocen, se ha visto obligado a vender uno de los cuadros que fue objeto de donación de su padre, afirmando que para ello ha contado con la colaboración y apoyo de sus hermanos y que, como el valor del cuadro es importante, es su voluntad que participen en el beneficio obtenido por su venta por no haberlo podido mantener dentro del patrimonio familiar".
En el documento se hizo constar que el beneficio obtenido por la venta ascendió a 5.122.397 euros "y, en consecuencia, Fernando adopta la decisión de entregar a cada uno de sus hermanos y a su sobrina hija de su hermano don Juan (ya fallecido) la cantidad de 853.732,83 euros".
Se hizo constar también que, en el supuesto de que al fallecimiento de la madre, Beatriz Valdés, la cantidad pendiente de entregar a sus hermanos y sobrina sea superior a su haber hereditario en la herencia, "se compromete a renunciar en su momento a la herencia de su madre, renuncia que acrecerá por iguales partes a sus cuatro hermanos y a su sobrina".
La instructora destaca que este documento, "firmado por el querellante", "contradice las afirmaciones de la querella y son confirmadas en su declaración judicial cuando reconoce que su hermano Fernando renunció a la herencia de su madre".
Excusa absolutoria
La magistrada recuerda que el Código Penal establece la exención de la responsabilidad criminal -estando sujetos únicamente a la responsabilidad civil- los hermanos por naturaleza por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación.
"Esta excusa absolutoria, como señala el Ministerio Fiscal, alcanzaría tanto a los delitos de estafa y apropiación indebida como a los delitos societarios que el querellante atribuye a su hermano", indica.
También considera que la participación de Esperanza Aguirre en una supuesta trama "resulta carente de todo fundamento".
El argumento de que usó su influencia como presidenta madrileña "resulta incompatible con la necesaria tramitación que requiere toda norma y la previa delegación que se exige en materia de decretos legislativos".
Considera, asimismo, que "no resulta pertinente la investigación" del supuesto delito fiscal atribuido al marido de Aguirre sobre la base de "meras hipótesis".
"La investigación penal debe iniciarse sobre la noticia de un hecho que revista caracteres de infracción penal. Lo contrario daría lugar a una investigación prospectiva", señala la instructora, que añade que "no existe ningún informe de la Agencia Tributaria del que se desprenda que pudiera existir una posible defraudación o algún otro dato concluyente".
Destaca también que la defensa de Fernando Ramírez de Haro, ejercida por el abogado Carlos Aguilar, "ha aportado documentación que descartan la posible participación en un delito de contra la Hacienda Pública".
Finalmente, Jerez desecha que se haya infringido la normativa de protección del patrimonio artístico. La Dirección General de Bellas Artes informó al Juzgado de que el 17 de julio de 2012 Fernando Ramírez de Haro comunicó al Ministerio de Cultura y Deporte la existencia de la obra de Goya y su intención de venderla.
La Dirección General ha comunicado a la jueza que no se solicitó autorización para la transacción porque no la requiere, "al no ser la pintura bien de interés cultural ni estar incluida en el inventario general de bienes muebles".
Plusvalía de 3 millones
El retrato de Don Valentín Belvís, marqués de Villanueva de Duero y que sirvió como militar a Fernando VII, fue vendido el pasado diciembre por la mercantil Fondo Cultural Villar Mir por 8 millones de euros. La operación también fue comunicada al Ministerio de Cultura.
Para la jueza, los documentos mencionados "contradicen el relato de hechos de la querella".
El cuadro "pertenecía al querellado por ser ésa la voluntad de su difunto padre" y "no puede oponerse que su valor resultase muy superior con posterioridad, como consecuencia de las circunstancias sobrevenidas , de las que se han beneficiado, además, todos los hermanos por decisión o voluntad de Fernando".