La Sala Segunda de la Cámara Criminal y Correccional Federal de Argentina ha acordado revocar el procesamiento del exministro Rodolfo Martín Villa por presuntos delitos de lesa humanidad, pero ha estimado pertinente no archivar la causa todavía.
En una resolución emitida este jueves, el tribunal ha precisado que no hay "pruebas directas o indirectas, indiciarias, variadas y / o unívocas compatibles" de los delitos de lesa humanidad que se le atribuían a Martín Villa.
Los magistrados han declarado la "falta de mérito" para procesar al exministro, pero también para archivar por completo el procedimiento en su contra. Así, han explicado que "la ley impone la adopción de un temperamento expectante, hasta tanto la pesquisa arroje respuestas en uno u otro sentido, sobre los interrogantes en pie".
Martín Villa fue procesado por la juez María Servini por presuntos delitos de homicidio y torturas. El exministro presentó recurso contra esta decisión y acusó a la magistrada de falta de imparcialidad.
El exministro ya defendía en 2020 que era "imposible que hubiera existido un genocidio en la Transición". De esta forma, Rodolfo Martín Villa siempre ha defendido su inocencia por las muertes de 12 personas entre 1976 y 1978 cuando formaba parte del Gobierno, al manifestar que "es imposible que hubiese un genocidio en la Transición", como le atribuyen los hechos de la querella.
"He venido a defenderme, porque me rebelo a vivir en presunción de culpabilidad en vez de presunción de inocencia, pero sobre todo defender que es imposible que en la Transición hubiese un genocidio", aseguró en septiembre de 2020.
Falta de pruebas
Según consta en la resolución adoptada este jueves, la investigación de la juez Servini "carece" de las evidencias necesarias para procesar a Martín Villa, dado que "no basta con invocar las percepciones y opiniones sobre el contexto de lo acontecido", sobre todo cuando, "como se vio", dichas opiniones "están enfrentadas con otras diamentralmente opuestas".
El magistrado Martín Irurzun, uno de los firmantes de la resolución, ha insistido en que faltan pruebas para acreditar "un plan generalizado y sistemático contra parte de la población civil local en la época de los cuatro hechos del procesamiento". Y ha asegurado que no coincide con la juez Servini en que Martín Villa fuera "autor mediato" de los hechos.
En este sentido, el magistrado Roberto Boico (también firmante del fallo) ha puntualizado que no se han aportado "pruebas objetivas, directas o indirectas" relativas a los crímenes contra la humanidad que se le atribuyeron al exministro.
Además, ha señalado que "desde antes de la emisión del procesamiento" se había planteado un "debate claro" sobre si los hechos concretos por los que se imputó a Villa podían o no ser enmarcados en el contexto de "un ataque sistemático o generalizado contra parte de la población civil local".
Boico ha asegurado que aunque es "innegable" la "dificultad" del trabajo de los investigadores ello "no puede traducirse en relajar exigencias probatorias". Así, ha puesto de manifiesto que, a su juicio, la decisión de la juez Servini de procesar a Martín Villa fue un "desacierto".
Martín Villa puede recurrir
Fuentes del entorno del exministro han recordado a Europa Press que la resolución puede ser recurrida ante la Corte Suprema y han precisado que el excargo presentará recurso si así lo hacen los querellantes.
Las mismas fuentes han destacado, además, que en octubre (tras conocerse la decisión de procesarle) el exministro dirigió una carta al presidente de la Cámara de Apelaciones en la que dijo que tenía la "convicción" de que tras una "dilación desmesurada", "sin una verdadera investigación judicial" y con "manifiesta parcialidad" se había dictado un procesamiento "injusto".
En la misiva, Martín Villa insistió en que era una decisión "infundada" porque calificaba los hechos como delitos de lesa humanidad, algo, a su juicio, "imposible en la Transición española".