El Tribunal Supremo ha condenado a la Comparsa de Moros Nazaríes de Villena y a la Federación Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos por la vulneración de los derechos al honor y a la protección de datos personales de uno de sus miembros, al haberle anotado en el registro de impagos.
Debido a su inclusión en el fichero de morosos, el recurrente no pudo desfilar en esta la celebración de 2017 con otra comparsa, que sí le admitió el año siguiente. El Alto Tribunal obliga ahora a indemnizar al moro moroso con 5.000 euros, que se abonarán de manera solidaria.
La Comparsa de Moros Nazaríes reveló a la Junta Central no sólo la baja de su asociado, sino cuál era el importe de la deuda por el impago de cuotas. Lo hizo sin conocimiento ni consentimiento del afectado.
La resolución del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, fechada a finales de diciembre, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Santiago [nombre ficticio] contra una sentencia previa, de la Audiencia Provincial de Alicante, que, en enero de 2021, absolvía a las dos organizaciones
Antes, en 2019, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Villena había dictado una sentencia en el mismo sentido, condenando a Santiago en costas.
En su recurso, su defensa aducía una "intromisión ilegítima" en el derecho al honor y a la protección de sus datos personales al haber sido incluida esta información en el registro de impagos "infringiendo los requisitos legales y reglamentarios".
Alegaba que la comparsa de Moros Nazaríes había comunicado a la Junta Central de Fiestas su condición de socio supuestamente moroso, "sin que exista ningún artículo en sus estatutos ni en el reglamento de régimen interior que permita realizar esa comunicación sin el consentimiento del afectado".
De la misma forma, la Junta Central de Fiestas comunicó a otra asociación distinta (la Comparsa de Ballesteros) que el demandante era un moroso, añade la sentencia. Y lo hizo, también, sin permiso.
Asimismo, Santiago consideraba que se había vulnerado sus derechos a la igualdad y de asociación, al impedírsele inscribirse en esta última comparsa y desfilar con ella. Por todo ello, solicitaba una indemnización total de 12.000 euros.
Ahora, el Supremo admite uno de los tres motivos del recurso de Santiago — desestima la vulneración de su derecho a la igualdad y de asociación— y fija la indemnización en 5.000 euros por ver violentado su derecho al honor y a la protección de datos.
Esta cesión de datos personales no le fue notificada al afectado, quien, por tanto, no ha podido defenderse de tal imputación, indican los magistrados.
Datos personales
La sentencia del Alto Tribunal también obliga a la Federación Junta Central de Fiestas de Moros y Cristianos de Villena a "cancelar el tratamiento de esos datos de carácter personal" relativos a su impago de las cuotas en la Comparsa de Moros Nazaríes.
Se han mantenido en dicho registro —establece el Supremo— "datos personales de forma errónea", sin atender a su derecho legal de cancelación. "Es ilegal que se mantenga esa supuesta deuda, que, en todo, caso estaría prescrita", añade la sentencia.
Tal y como apunta la resolución, el fichero de altas y bajas de socios de cada comparsa tiene por objetivo gestionar el seguro de responsabilidad civil y tramitar los cobros de cuotas a los miembros.
Aparece incluido en el Registro General de Protección de Datos, con esos únicos fines. Por ello, "no está justificado que se cedieran y trataran datos de carácter personal relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias", indica el Alto Tribunal.
La Fiesta
La fiesta de Moros y Cristianos de Villena se celebra anualmente del 4 al 9 de septiembre, en honor a Nuestra Señora de las Virtudes, patrona de la ciudad. Está reconocida como de Interés Turístico Nacional y en sus desfiles participan catorce comparsas, cuyos miembros —más de 10.000 personas en total— recorren las calles ataviados de soldados musulmanes, labradores o guerreros cristianos. Todos ellos participan en un desfile a modo de simulacro de batalla.
Aunque su forma actual es el fruto de la evolución y de la fusión de varias festividades religiosas con un componente militar, el origen de la adoración a Nuestra Señora de las Virtudes se remonta al año 1474, cuando esta advocación mariana, abogada contra la peste, fue proclamada patrona de Villena.