La Audiencia Provincial de Navarra ha absuelto a Emilio Valerio Martínez de Muniáin, quien fuera teniente fiscal de Madrid y fiscal de Medio Ambiente, de los 15 delitos fiscales de los que le acusaba el Ministerio Público, que solicitaba para él más de 37 años de cárcel y 9 millones de euros.
Así consta a lo largo de una larga sentencia, fechada el pasado 28 de diciembre y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. En ella, los magistrados de la Sección Segunda consideran que "no ha quedado acreditado" que el acusado, como "administrador real" de varias compañías dedicadas al vino, el aceite o la cerveza, "y con la participación de éstas", ideara "una trama consistente en la confección de facturas mendaces (...) consiguiendo con ello la devolución indebida, por parte de la Hacienda Tributaria de Navarra, del IVA".
Del mismo modo, no queda probado que la creación de la empresa Hacienda Agraria de Dicastillo S. L., constituida en 2017, cuando la Administración ya había abierto su investigación sobre estas mercantiles, "tuviera por finalidad ocultar bienes y dificultar su embargo".
Sobre esta misma compañía, los magistrados no ven probado "el ánimo de ocultar", ya que "lejos de utilizar terceras personas o sociedades interpuestas", en la constitución de la empresa, los propios acusados —Valerio y su esposa— aparecen como socios partícipes.
En 2015, la Fiscalía General del Estado le abrió un expediente disciplinario al recibir una denuncia de un abogado que comunicó que Emilio Valerio gestionaba varias empresas. En febrero de 2017, el Boletín Oficial del Estado publicó la pérdida de su condición de fiscal, al haber cometido una "falta grave" por incompatibilidad. Debió haber pedido permiso para administrar las compañías familiares.
Ya durante este juicio, un perito fiscal señaló que las facturas aportadas a la causa no eran vagas y, sobre la estructura del grupo empresarial, conformado por varias mercantiles, indicó que apreciaba una "diversificación de actividades", como parte de una "estrategia razonable".
Descartó, a su vez, que las facturas tuviesen defectos formales. Algunas, analizó, "adjuntan un presupuesto o detalle que, en su caso, suple el defecto en aquellas que son algo más generales". Asimismo, recordó que se trataba de casos en los que dos compañías del grupo se facturan entre sí, por lo que era común que "el nivel de detalle no sea igual" que al emitírselas a una empresa ajena.
Acerca del testimonio de dos inspectores de Hacienda, que tacharon de "sospechosas" las facturas de la causa, la Sala establece que sus valoraciones "resultan insuficientes para fundar una sentencia de condena, más aún cuando en sus aclaraciones en el plenario, los mismos incurrieron, cuando menos, en contradicciones".
Sobre las obras de ampliación de una bodega propiedad de Valerio, dichos peritos sí confirmaron que la obra fue realizada entre 2014 y 2016, por un valor de 5,4 millones de euros, y que las facturas aportadas así lo atestiguaban.
En este caso, establecen los jueces de la Audiencia Provincial, "no puede deducirse, sin ningún género de dudas la tesis sostenida por las acusaciones, menos aún a la vista de la ingente, precisa y muy cualificada prueba de descargo, aportada por los acusados".