Ambos —sobre todo Alberto Luceño— se aferraron a unas supuestas recomendaciones de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) para justificar sus comisiones. Pero, ahora, la ICC desmiente tajantemente los argumentos de Luceño y Luis Medina, imputados en el caso Mascarillas, para defender la cuantía recibida por su intermediación.
En un comunicado, este organismo de comercio internacional, representante institucional de más de 45 millones de empresas en más de 100 países, niega que exista un criterio que cuantifique el importe que deben cobrar los agentes intermediarios en acuerdos de importación e importación.
Asimismo, en este difundido, adelantado por el diario El Mundo y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la Cámara de Comercio Internacional tacha de falso el modelo, atribuido a la ICC, que encabezaba los contratos con el proveedor malasio que suministró material sanitario la funeraria municipal de Madrid.
Ante el fiscal anticorrupción, interrogado en abril de 2021, el empresario Alberto Luceño garantizó que "la Cámara de Comercio de París, que es la ICC, recomienda que nunca una persona cobre más del 50% de una operación". La ICC, ahora, desmiente esas pautas.
Luceño prosiguió defendiendo su comisión, que cifró en algo más del 47%. "La comisión la asigna el vendedor y yo soy agente del vendedor [la empresa malasia Leno]. Seguimos las recomendaciones de la Cámara de Comercio de París, que es la ICC", aseguró, señalando el encabezamiento de un documento sobre la mesa del fiscal.
"¿Eso dónde lo dice? ¿Lo tiene usted recogido en algún sitio? ¿Es pública? ¿Se lo han dicho verbalmente?", cuestionó el fiscal Luis Rodríguez Sol. "Verbal, verbal siempre", respondió Luceño. "Recomienda que los agentes, reconocidos por el comprador y por el vendedor nunca superen el 50%", añadió.
"Falso modelo atribuido a ICC"
La ICC también niega la veracidad del supuesto aval que figura en el sumario del caso Mascarillas, aportado por la empresa suministradora del material, la malasia Leno, de la que Luceño siempre se ha presentado como "agente exclusivo".
"Ese contrato se ha basado en un falso modelo atribuido a la ICC. Ese falso modelo, con inclusión no autorizada del antiguo logotipo de la Cámara de Comercio Internacional es un texto que no se corresponde con ningún modelo de documento avalado por la ICC", reza el comunicado.
Asimismo, la Cámara reitera que "esa publicación auténtica no incluye ningún criterio sobre la cuantía de la comisión que corresponda al intermediario, y no existe ninguna pauta internacional que cuantifique ese importe".
Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, el fiscal del caso sospechó, desde que accedió a la documentación, de algunos de los papeles que obran en el sumario. Entre otros, dudó de varios documentos supuestamente "basados en modelos de la Cámara Internacional de Comercio". Asimismo, tal y como consta en la imagen superior, aparecían encabezados por el membrete del FBI y la Interpol.
"La Cámara de Comercio Internacional, hace ya quince años, al detectar esa ola de ficticias atribuciones a su institución de ese falso modelo de contrato —al que se le daba el pomposo nombre de Non circumvention non disclosure agreement, con el acrónimo NCND, porque pretendía evitar el contacto directo de proveedor y comprador sin remuneración del intermediario—, ya realizó las alertas oportunas desmintiendo la autoría de dicha plantilla, en la que los usuarios de buena fe incluyen innecesarias fotocopias de su documentación", añade el texto.
"Para contrarrestar esa falsa atribución, la Cámara de Comercio Internacional se vio obligada a que su Comisión de Práctica Comercial Internacional (autora de sus reconocidos modelos de contrato de compraventa, de agencia, de distribución, etc.) elaborara un modelo de contrato de intermediación ocasional, mucho más simple, claro y lógico, con el título de ICC Occasional Intermediary Contract Model. Su precio es de 72 euros", finaliza el comunicado.
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