La Comisión de Ética Judicial aconseja a los jueces que utilizan redes sociales que eviten hacer comentarios que "puedan inducir a creer a la sociedad receptora de los mismos que la justicia está politizada".

Así figura en un dictamen difundido este miércoles por el Consejo General del Poder Judicial, que responde a la consulta de un magistrado sobre si afecta a la ética judicial el hecho de que un miembro de la Judicatura afirme en redes sociales que "deberían incumplirse ciertas normas o incluso llame al incumplimiento de la ley".

La consulta -que no da referencias sobre los autores de esos tuits ni los reproduce textualmente- también planteaba si afecta a la imagen de imparcialidad judicial "que unos jueces manifiesten su apoyo público a políticos condenados por delitos de los más graves [en alusión a los independentistas catalanes impicados en el 'procés'] o se posicionen políticamente a favor de fórmulas distintas a las constitucionalmente previstas en nuestro ordenamiento jurídico". 

Libertad de expresión

La Comisión de Ética Judicial, presidida por la magistrada del Tribunal Supremo Celsa Pico, sostiene que los jueces, como cualquier otra persona, pueden expresar libremente sus pensamientos, ideas u opiniones y pueden intervenir en medios de comunicación y redes sociales, pero deben guiarse "por la prudencia y moderación necesarias para no comprometer la apariencia de imparcialidad y no causar una pérdida de confianza de los ciudadanos en la Justicia".

En lo que se refiere a manifestaciones públicas sobre la ideología política, la Comisión considera que los jueces "deben ajustarse al concepto de neutralidad política que impregna los principios de imparcialidad, independencia e integridad”.

"La vulneración de dichos principios", afirma, "puede colocar al juez en una posición ideológica que induzca a creer que la Justicia está politizada y contribuya a generar una falta de confianza de los ciudadanos en la Justicia, en el sistema judicial y en los órganos jurisdiccionales que los integran, con el consiguiente desprestigio institucional".

"Conductas como las que indica el consultante", añade, "de ningún modo pueden quedar amparadas por la libertad de expresión en quienes ostentan la condición de integrantes de un poder del Estado y, por tanto sujetos, con mayor rigor a los deberes del cargo que juraron o prometieron en su día, cuando accedieron a la carrera judicial".

Compromiso voluntario

Ese juramento o promesa no es un simple rito o un requisito burocrático, sino que “supone un acatamiento expreso al orden constitucional y al ordenamiento jurídico” y tiene también un componente de "lealtad" a los principios y valores constitucionales.

En el plano ético, el juramento o promesa de guardar y hacer guardar la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico "goza también de trascendencia, por lo que tiene de compromiso público y solemne que se asume voluntariamente".

Esa promesa o juramento "no reclama la plena adhesión ideológica y personal a todos los principios y valores que recoge la norma fundamental y las leyes que los desarrollan", dice la Comisión. En este sentido, considera compatibles "valoraciones críticas de algunos u otros aspectos, u opiniones publicitadas sobre reformas que el juez, personalmente, puede considerar deseables o discrepancias legítimas".

"Pero sí exigen una base de lealtad en lo básico", afirma. "Determinados planteamientos de oposición frontal a los pilares básicos del orden constitucional, entre los que se encuentran los ingredientes esenciales del Estado de Derecho (respeto a la ley y a las fórmulas jurídicas establecidas para el cambio constitucional), suponen traicionar ese compromiso solemne cuya eficacia traspasa lo puramente jurídico y profesional para proyectarse también en el plano ético y en actitudes personales que son más exigibles a un juez que otros ciudadanos, precisamente por ese compromiso público y las funciones que la sociedad le atribuye".

El dictamen recuerda que, según los Principios de Bangalore sobre la conducta judicial, “una Judicatura competente, independiente e imparcial es igualmente esencial si los tribunales han de desempeñar su papel de defensores del constitucionalismo y del principio de legalidad”.

 

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