La Audiencia Provincial de Sevilla ha rebajado, de dos años de cárcel a uno, la condena a Roberto Macías, el extrabajador de UGT Andalucía que destapó la presunta trama de facturas falsas del sindicato.
Una sentencia, fechada el pasado jueves y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, estima parcialmente el recurso de Macías y aplica la atenuante de dilaciones indebidas, lo que le reduce la pena a únicamente doce meses de prisión.
El condenado trabajó en la Unión General de Trabajadores desde diciembre de 2008 hasta que fue despedido en noviembre de 2012, con la categoría de administrativo y encargado de, entre otras labores, las compras encargadas por el sindicato.
Por ello, tuvo acceso a un disco duro que contenía diversas facturas simuladas y gastos que UGT-A no había declarado, que ya estaban siendo investigadas por el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla por un presunto delito de financiación ilegal.
También copió, en 2012, datos personales de alguno de sus integrantes contenidos en una agenda de teléfonos. Parte de esta información, que el empleado volcó en un pendrive y se llevó a su casa, acabó publicada en medios de comunicación.
El tribunal de la Sección Séptima, compuesto por los jueces Mercedes Alaya, Ángeles Sáez y José Luis Ramírez (ponente), rechaza la nulidad de la sentencia que condenó a Macías, pero reducen su pena a un año de cárcel. Los magistrados confirman íntegramente el relato de hechos probados de aquella resolución.
"El hallazgo en el disco duro encontrado en el domicilio del acusado de archivos coincidentes con la información que se obtuvo del disco duro analizado constituye otro dato que refuerza la solidez de la reconstrucción indiciaria", subrayan los jueces.
El tribunal da la razón, en parte, a Macías, ya que declara que "algunos datos revelados que no tienen la condición de reservados". Por ejemplo: las facturas del sindicato respecto de determinadas empresas, la copia de la cuenta del Libro Mayor del sindicato, los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva, la información sobre los fondos que UGT tenía en determinadas entidades bancarias o los talones abonados al portador desde una cuenta del sindicato.
Sin embargo, los magistrados destacan que "tanto los correos electrónicos señalados como los extractos de la tarjeta de crédito" (...) sí tenían tal consideración, "generando en los afectados una legítima expectativa de privacidad que fue defraudada".
Asimismo, el tribunal rechaza la invocación de Macías de la directiva europea que protege a los whistleblowers (denunciantes de corrupción). Y reprocha que el condenado no recurrió a canales internos para elevar su denuncia, sino que "optó por divulgar directamente en los medios de comunicación la información reservada, al no discriminar entre la que tenía tal naturaleza y la que no".
Pero la Audiencia Provincial sí reprocha la lentitud en el desarrollo de esta causa. "Debe valorarse que los hechos acontecen en el año 2012, que la causa se incoa en el año 2014, y que la sentencia en primera instancia no se dicta hasta el año 2020, pese a no tratarse de una particularmente compleja, pues el grueso de la información incriminatoria se había aportado con el escrito de querella", critican los jueces. Por ello, aprecian la atenuante de dilaciones indebidas y rebajan la condena a un año.
La cúpula regional del sindicato aún no ha sido juzgada por la presunta trama de facturas falsas desvelada por Macías. Cinco exdirigentes de la organización han sido procesados por el desvío de 40,7 millones de euros de fondos públicos y aún se encuentran a la espera de juicio.