El Supremo ha anulado la convocatoria de las últimas oposiciones de la Policía Nacional, recién convocadas, por excluir a los aspirantes con operaciones oculares, una prohibición que ya vetó el Alto Tribunal en 2021.
En un auto del pasado día 29, el tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nula la resolución de la Dirección General de la Policía (DGP), fechada el 15 de noviembre, que convocaba la oposición libre para cubrir las plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, ubicada en Ávila.
La Sala, en una ponencia del magistrado Luis María Díez-Picazo, considera que dicha omisión —no haber indicado que excluir a los aspirantes con operaciones oculares ya no iba a aplicarse— "conduce a que la resolución de convocatoria de la oposición incluya requisitos que no pueden, en este momento, ser exigidos". "Y, en todo caso, provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición", añade.
Varios aspirantes recurrieron judicialmente la convocatoria de las oposiciones. Hasta la suspensión cautelar acordada por el Supremo en septiembre de 2021, no estaba admitido para los opositores el uso de "cuerpos intraoculares" y de "lentes fáquicas".
Estas últimas se insertan dentro del ojo para enfocar correctamente y corregir las dioptrías intermedias y altas en dolencias como la hipermetropía y el astigmatismo.
"No cabe duda que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 contraviene el auto que acordó la suspensión cautelar de los preceptos del Real Decreto 326/2021 en virtud de los cuales tener implantados cuerpos intraoculares y lentes fáquicas constituye causa que impide el ingreso en la Policía Nacional", subrayan los magistrados Pablo Lucas Murillo, Celsa Pico, Díez-Picazo, María del Pilar Teso Gamella y José Luis Requero.
Dicho tribunal también rechaza la alegación de la Abogacía del Estado, que, en un escrito, manifestó que la DGP había decidido subsanar la resolución impugnada y la había publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El Supremo concluye que esa justificación "no resulta convincente, puesto que no especifica en qué consiste exactamente la rectificación que dice haber adoptado la Dirección General de la Policía, ni cuáles serían sus efectos".
Por todo ello, el máximo órgano judicial declara "nula" y "sin efecto" la resolución de la DGP que, hace apenas quince días, convocó las últimas oposiciones a la Escuela de la Policía Nacional. Además, condena en costas a la Administración General del Estado,
"hasta un máximo de 500 euros por todos los conceptos".