El Tribunal Constitucional se enfrenta hoy a una decisión inédita: si paraliza cautelarmente la tramitación por el Congreso de dos enmiendas que modifican las reglas para la elección de dos miembros del propio TC por el Consejo General del Poder Judicial.

El hecho que ha puesto al tribunal de garantías en ese disparadero es el recurso de amparo interpuesto por el Grupo Parlamentario Popular a toda prisa, 24 horas antes de que el Pleno del Congreso vote esas enmiendas, incluidas -también a toda prisa- a instancias del Gobierno en una ley de contenido penal.

El Congreso votará este jueves la desaparición del delito de sedición y la reforma de la malversación de fondos públicos en beneficio de los independentistas catalanes.

[Manuel Aragón, exjuez del TC: "La reforma de Pedro Sánchez es inconcebible, inaudita, inconstitucional"]

Pero también -si el TC no lo impide- la rebaja de la mayoría necesaria para que el CGPJ elija a los dos miembros del TC que le corresponden, que pasará a ser una mayoría simple en vez de la mayoría cualificada de tres quintos que ha regido hasta ahora.

Además, los vocales tendrán limitada a un solo nombre la capacidad de votar y de proponer candidatos, aunque son dos los magistrados a elegir. 

Con esas nuevas reglas ya no será necesario el consenso entre los dos sectores del órgano de gobierno de los jueces. Los vocales propuestos por el PP no podrán seguir ralentizando la renovación del TC y los propuestos por el PSOE e IU podrán sacar adelante el nombramiento del candidato preferido por el Gobierno, el magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Bandrés.

Desbloqueada la renovación del TC en el CGPJ, y gracias a los dos miembros del Constitucional que ya ha elegido el propio Gobierno (el exministro Juan Carlos Campo y la exalto cargo de Presidencia Laura Díez), el Gobierno de Pedro Sánchez logrará que la actual mayoría conservadora del Constitucional pase a ser progresista.

"Por la puerta de atrás"

El PP sostiene que la tramitación de esas enmiendas por el procedimiento de urgencia y en el marco de una iniciativa legislativa con un contenido completamente ajeno es "un fraude de ley parlamentario dirigido a esquivar las garantías esenciales del procedimiento de tramitación legislativa". Y ello en "leyes tan sensibles para nuestro ordenamiento jurídico" como la Ley Orgánica del TC y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

[El PSOE cambiará la ley para nombrar a sus dos magistrados en el TC sin tener que esperar al CGPJ]

La modificación "se adopta de forma súbita y opaca, mediante la censurable acumulación de diversos subterfugios parlamentarios (introducción de la

reforma en el último momento a través de sendas enmiendas introducidas sin conexión de homogeneidad, todo ello en el marco de una proposición de ley fraudulenta, adoptada mediante el procedimiento de urgencia mientras se evita dar audiencia -como exigen la Unión Europea y la Comisión de Venecia- a los órganos afectados y los sectores implicados) dirigidos a evitar un debate público real e informado sobre las iniciativas", afirma el recurso.

Se trata, dice, de "una modificación 'por la puerta de atrás', atendiendo a los exclusivos intereses del Gobierno".

"Un proceder despótico e inaceptable, por contravenir deliberada y voluntariamente tanto la Constitución como los criterios exigibles, sentados por las autoridades europeas", añade.

El Grupo Parlamentario Popular ha pedido al TC que adopte la medida cautelarísima de "suspender la tramitación" de las dos enmiendas recurridas, lo que en este momento significa que no puedan ser sometidas a votación del Pleno del Congreso.

La petición no tiene precedentes en lo que se refiere a las Cortes Generales. El TC sí bloqueó -por unanimidad- en un auto dictado el 5 de octubre de 2017 la celebración de un Pleno del Parlamento de Cataluña en el que, tras el referéndum ilegal del 1-O, se iba a efectuar la "declaración formal" de la independencia de Cataluña.

En aquella ocasión, el tribunal atendió una petición de medida cautelar formulada por Grupo Parlamentario Socialista del Parlamento de Cataluña contra la decisión de la Mesa de admitir a trámite la solicitud de convocatoria de Pleno formulada por Junts pel Sí y la CUP.

División

Los magistrados del TC propuestos por PSOE y UP se opondrán a la medida cautelarísima (sin audiencia el fiscal y de las partes) solicitada por el PP. Consideran que el precedente del Parlamento de Cataluña no puede ser invocado por la gravedad de la decisión que en aquel caso iba a adoptarse.

Pero magistrados propuestos por el PP también consideran muy grave la alteración del estatuto de dos instituciones clave -el CGPJ y el propio TC- por la vía de enmiendas sorpresivas, que no han podido ser debatidas y que van a ser aprobadas en seis días.

[Sánchez cambia las leyes de la Democracia: impone un TC por mayoría simple y facilita la corrupción]

Recuerdan, además, la doctrina del tribunal contraria a la introducción de enmiendas que no guardan conexión con el objeto de la ley que se aprovecha para aprobarlas, lo que vulnera el ejercicio de los derechos de los parlamentarios.

Se plantean, por ello, si el TC debe seguir haciendo sentencias meramente declarativas, en las que la constatación de la inconstitucionalidad de la modificación legal aprobada siempre llega tarde y no repara el derecho vulnerado a los recurrentes.

Ayer fue un día intenso en el TC con multitud de reuniones en las que se discutieron las impresiones de los magistrados sobre la petición del PP. El sector minoritario llega al Pleno con una postura común contraria a la medida cautelar, por lo que lo único que es seguro es que la decisión que el tribunal tome hoy no será unánime.

  

Contenido exclusivo para suscriptores
Descubre nuestra mejor oferta
Suscríbete a la explicación Cancela cuando quieras

O gestiona tu suscripción con Google

¿Qué incluye tu suscripción?

  • +Acceso limitado a todo el contenido
  • +Navega sin publicidad intrusiva
  • +La Primera del Domingo
  • +Newsletters informativas
  • +Revistas Spain media
  • +Zona Ñ
  • +La Edición
  • +Eventos
Más información