Debido a la Ley del sólo sí es sí, la Audiencia Provincial de La Rioja ha reducido en dos años la condena a Francisco Javier Almeida por el conocido como crimen de la inmobiliaria: la violación y asesinato a una mujer en Logroño en 1998.
Así consta en un reciente auto de la Audiencia riojana, que rebaja ahora a 8 años de cárcel la pena que le fue impuesta a Almeida hace más de dos décadas.
El condenado, además, se encuentra en prisión provisional, a la espera de juicio, por el asesinato del pequeño Álex en 2021 en la localidad de Lardero.
Tal y como publicó en exclusiva EL ESPAÑOL, Interior concedió la semilibertad a Almeida en contra del criterio de la prisión en la que estaba encarcelado. Posteriormente, el condenado accedió a la libertad condicional de la que gozaba cuando, presuntamente, mató al niño. Este tercer grado que le concedió el Ministerio del Interior era condición sine qua non para poder luego quedar en la calle con vigilancia.
Pese a este beneficio que le ha reportado la norma estrella del Ministerio de Igualdad de Irene Montero, la situación del condenado no cambiará por el momento y seguirá en prisión provisional por el caso Lardero.
En breve, Almeida será juzgado por un jurado popular por el asesinato del pequeño Álex. El fiscal solicita para él la prisión permanente revisable por el delito de asesinato y 15 años de cárcel por un delito de agresión sexual a menores de 16 años.
Esta rebaja de condena se conoce en plena polémica provocada por las manifestaciones de la número dos de Irene Montero en Igualdad, Ángela Rodríguez. La secretaria de Estado de Igualdad bromeara en un coloquio público sobre las excarcelaciones que ya ha provocado esta norma.
"De los creadores de 'las personas van a ir al registro a cambiarse de sexo todas las mañanas' llega... '¡Los violadores a la calle!'", frivolizó Ángela Rodríguez en el acto, organizado por Podemos y difundido en las redes sociales del partido izquierdista.
'Crimen de la inmobiliaria'
Según recuerda ahora el auto de la Audiencia riojana, la sentencia del año 2000 por el crimen de la inmobiliaria le condenó por "agresión sexual con empleo de violencia contra la víctima de carácter particularmente degradante y uso de medio peligroso susceptible de causar la muerte".
Por ello, se le impuso la pena en su nivel máximo posible, conforme a la regulación vigente en ese momento. Además, se le aplicó la agravante de reincidencia, ya que el acusado había sido condenado anteriormente a siete años de prisión por otro delito de agresión sexual en 1993.
Pero ahora, tal y como recuerdan los jueces, la conocida como Ley del sólo sí es sí le beneficia. Y, tal y como marca el artículo 2.2 del Código Penal, debe aplicarse la norma penal más favorable al reo, incluso de forma retroactiva.
El 7 de abril de 2000 se condenó a Almeida a la pena máxima de 10 años de cárcel por agresión sexual y a 20 de prisión por el delito de asesinato. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en julio del mismo año y por el Tribunal Supremo en 2001.
Si hasta ahora la pena original quedaría cumplida el 9 de marzo de 2025, desde este jueves estará liquidada dos años antes. Concretamente, el 9 de marzo de 2023.