La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al excomisario José Manuel Villarejo, quien fue acusado de grabar una reunión entre agentes de la Policía Nacional y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), en el marco de una investigación relativa a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como El Pequeño Nicolás.
Así consta en una sentencia de 92 folios, fechada el pasado 9 de enero. La resolución también absuelve al resto de acusados: Gemma Isabel Alcalá, mujer de Villarejo, y al periodista Carlos Mier. Todos ellos estaban acusados de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos. El contenido de aquella reunión fue publicada en un medio de comunicación digital.
La sentencia, ponencia del magistrado Jacobo Vigil, señala que "subsisten dudas no explicadas respecto a cómo se realizó la grabación", de casi siete minutos y de "muy baja calidad". Y esos interrogantes, no aclarados, no son suficientes "para desvirtuar el principio de inocencia que favorece a los acusados".
La sentencia reconoce que "no resulta acreditado cómo obtuvo el señor Mier la información" sobre aquella reunión publicada en el portal Información Sensible, en el que firmó varios artículos al respecto. La Audiencia madrileña sí reconoce que dicho medio era propiedad de una sociedad "vinculada al entramado empresarial" de Villarejo. Gemma Alcalá gestionaba una de las mercantiles vinculadas a Información Sensible.
La reunión
Aquella reunión secreta entre agentes de la Unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía y el CNI versó sobre la detención de Nicolás Gómez Iglesias. Tuvo lugar el 20 de octubre de 2014.
El Pequeño Nicolás estaba siendo investigado por haberse hecho pasar ante varios importantes empresarios españoles como agente de enlace de la inteligencia española entre la vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real.
"Durante aquella reunión, persona o personas no identificadas, por un procedimiento no acreditado, captaron el sonido de todo o parte de lo que en ella se dijo, sonido que se transmitió a través de una comunicación telefónica (...), siendo, posteriormente, difundida la grabación a terceras", se limita a dar por probado la sentencia.
La resolución tampoco da por probado que cuando Carlos Mier telefoneó a Marcelino Martín Blas, jefe de la Unidad de Asuntos Internos, activase un software malicioso en su móvil para grabar la charla.
Asimismo, los magistrados indican que "no resulta acreditado que el señor Villarejo tuviera interés directo o indirecto en la investigación desarrollada contra Gómez Iglesias".
La acusación, ejercida por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y por el partido Podemos, también mantenía que José Villarejo tuvo conocimiento de esa reunión y que, sirviéndose del teléfono de uno de los asistentes al encuentro, grabó parte de su contenido, que luego apareció en el medio digital en el que trabajaba Carlos Mier y que pertenecía a Alcalá. Todo ello, según sostenían las acusaciones, tendría por objetivo torpedear la investigación contra Gómez Iglesias.
La Fiscalía solicitaba para Villarejo cuatro años de cárcel y tres para cada uno del resto de acusados. Podemos, por su parte, pidió un lustro de cárcel para el comisario jubilado.
Esta resolución aún no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.