El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rebajado las condenas, de 5 a 2 años, a tres jóvenes que violaron en grupo a una joven en Teruel. Al haber cumplido ya este periodo entre rejas, el TSJA ha puesto en "inmediato conocimiento" de la Audiencia Provincial turolense esta decisión "para que adopte las medidas que sean oportunas en relación a la situación personal" de cada uno de los acusados. Es decir, para que ordene ponerlos en libertad.
Así consta en sendos autos de la Sala Civil y Penal, fechados el pasado 22 de marzo. De esta forma, el tribunal estima los recursos de las defensas de los condenados, que habían recurrido la decisión de la Audiencia Provincial de Teruel de no reducir las penas el pasado mes de diciembre.
El Ministerio Fiscal y el abogado de la víctima se opusieron a esta reducción de las condenas. No obstante, ahora, los magistrados subrayan que la Ley del sólo sí es sí resulta "más beneficiosa" para ellos que la anterior regulación.
El Tribunal Superior de Justicia aragonés recuerda que la Audiencia Provincial de Teruel impuso "motivadamente" a los acusados "la pena de prisión en el límite inferior previsto en la norma legal aplicable en aquel momento". Es decir, cinco años. Anteriormente, el castigo para este delito iba desde el lustro de prisión hasta una década.
Tras la reforma impulsada por la Ley del sólo sí es sí, la horquilla ha variado y se sitúa desde los dos hasta los ocho años. Por ello, el nuevo límite inferior es de sólo dos años, a los que quedan reducidas las condenas.
Los tres acusados —Ousmane, Mamadou y Tambasa— fueron condenados en octubre de 2022. La Sala Civil y Penal ha acordado comunicar "de inmediato" esta decisión a la Audiencia Provincial turolense, dada la posible excarcelación de los condenados, que ya han superado los dos años entre rejas.
La negativa —ahora corregida— de la Audiencia a rebajar sus condenas no fue unánime. Mientras una mayoría de miembros del tribunal consideraron el pasado diciembre que la Ley del sólo sí es sí no resultaba más favorable para los condenados, ya que la pena impuesta originariamente (5 años) está comprendida en la horquilla que contempla la nueva regulación (de 2 a 8 años).
No obstante, en sintonía con la decisión que finalmente ha acabado tomando el TSJA, una magistrada redactó un voto particular discrepante, a favor de "acomodar dicha pena", la mínima que el anterior Código Penal contemplaba, a la pena mínima de la nueva regulación.