El juez José Ricardo de Prada ha vuelto a conceder un permiso a un preso etarra que no ha pedido aún un perdón expreso a sus víctimas. Éste no es un requisito obligatorio ni viene marcado por la ley, pero sí se ha convertido, con el tiempo, en un criterio reiterado para que la Justicia conceda beneficios, como los permisos o los terceros grados, a miembros de ETA.
No obstante, a juicio del magistrado De Prada, miembro de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, "la falta de perdón expreso a las víctimas, aparte de ser absolutamente opinable que no se haya producido en los textos remitidos por el interno, sobre la base de no haber utilizado una específica fórmula, no puede imponerse y no puede servir para desatender la objetiva evolución del interno".
Y así lo ha hecho constar en un auto del que ha sido ponente, fechado el pasado abril y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
"Debe tenerse en cuenta que, en el plano de la estricta legalidad, el requisito de la petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, aparte de, como es bien sabido, no ser un requisito necesario, (...) no es el único medio de acreditar esta circunstancia", añade el juez.
En esta ocasión, el preso etarra beneficiado es Jorge Martínez Ahedo. La Junta de Tratamiento de la cárcel de Bilbao-Basauri, en la que está interno, compuesta por los profesionales técnicos del centro, había autorizado que disfrutase de un permiso de tres días.
No obstante, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que debe aprobar esta medida, lo rechazó. La defensa de Ahedo, ejercida por el exetarra Txema Matanzas, recurrió esta negativa ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Ministerio Fiscal se opuso a este recurso y pidió confirmar el criterio del Juzgado.
Martínez Ahedo fue condenado a 30 años de prisión por los delitos de asesinato, atentado y robo con violencia como integrante de ETA. Lleva cumpliendo su condena desde el 2002.
Por ello, el juez De Prada señala que el preso "se encuentra próximo a entrar en la última cuarta parte del cumplimiento" de su pena. Recuerda también que el interno ha disfrutado ya de un permiso de seis días, entre el 14 de junio de 2022 y el día 20.
Y subraya que, a su juicio, los textos manuscritos por Martínez Ahedo sí suponen un "arrepentimiento" de su "pasado terrorista", en el marco de una "petición de disculpas a las víctimas".
No obstante, el magistrado Francisco Javier Viera, presidente de la Sección, ha redactado un voto particular que discrepa del criterio de De Prada. En él, el juez señala que el etarra aún no ha cumplido las tres cuartas partes de la condena —lo hará el próximo 2 de agosto— y que no se ha desvinculado del entorno de ETA.
"Aunque el interno ha remitido un escrito, de similar contenido a los de otros condenados por su pertenencia a ETA, en los que expresa el reconocimiento del daño causado y petición de disculpas a las víctimas, en los informes de los responsables del centro penitenciario [del Bilbao-Basauri] nada se expresa sobre la desvinculación del interno de la banda criminal de la que formó parte, sino que se limitan a plasmar el contenido de los escritos del interno", señala el voto discrepante.
"A más de cinco años vista del cumplimiento total de la condena, no resulta urgente la preparación para la vida en libertad del interno", concluye el juez Viera, que propone desestimar el recurso de Martínez Ahedo.
"Si tenemos en cuenta, además, la especial naturaleza de los delitos por los que cumple condena y que en los informes se cifra en un 50% las variables de riesgo, resulta improcedente la concesión de este permiso", añade.
Un caso similar
Tal y como informó EL ESPAÑOL, De Prada también concedió, bajo el mismo argumento, otro permiso al preso etarra Gorka Loran Lafourcade, que estaba interno en segundo grado en la cárcel de Álava.
Alterando el criterio que ya se había convertido en habitual en la Audiencia Nacional, el magistrado, poco después de su incorporación a la Sección Primera, señaló que la petición expresa de perdón a las víctimas no es un requisito indispensable para acceder a beneficios.
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"La circunstancia expresada de que no consta escrito del interno manifestando su arrepentimiento y petición de perdón a las víctimas no es en absoluto un requisito legal para la obtención de permisos penitenciarios y su única posible valoración admisible en este momento es a título puramente indicativo (no como obligación) de una buena evolución penitenciaria, lo que también es deducible de otros elementos", rezaba aquel auto, fechado el 3 de junio de 2022.
En el caso de Loran Lafourcade, al igual que sucede con Martínez Ahedo, la Junta de Tratamiento de la prisión estuvo a favor de concederle el permiso de salida. Pero el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, al igual que la Fiscalía, se opuso a él.
Y, en aquella ocasión, tal y como adelantó EL ESPAÑOL, el magistrado Francisco Javier Viera redactó también un voto particular discrepante de las tesis de De Prada.