Colmenero, presidente de la Junta Electoral: "No es responsable crear dudas sobre el voto por correo"
El máximo representante de la JEC niega cualquier posibilidad de 'pucherazo' y cree que la fecha de las elecciones "complica la vida a mucha gente".
15 junio, 2023 16:51"No hay absolutamente ningún motivo" para dudar de la limpieza del procedimiento electoral español, afirma con rotundidad el presidente de la Junta Electoral Central, Miguel Colmenero.
En la primera entrevista que concede a un medio de comunicación como máximo responsable de la Administración electoral, Colmenero, prestigioso magistrado emérito del Tribunal Supremo, explica por qué la JEC ha acordado exigir que la persona que vaya a entregar un voto por correo se identifique con su DNI: quiere que "la ciudadanía tenga la conciencia de que el voto por correo es un sistema perfectamente seguro".
Por ello, afirma que "no es responsable" que algunos políticos introduzcan dudas sobre el buen funcionamiento del sistema electoral, como hizo la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, el pasado 27 de mayo.
El papel de Correos e Indra en los comicios, en qué aspectos podría mejorar la legislación electoral, la necesidad o no de 'listas cremallera', los expedientes sancionadores abiertos a la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, o qué debe entenderse por "perjuicio económico o trastorno grave" para librarse de formar parte de una mesa el próximo 23-J son otras de las cuestiones que se abordan.
Hay en la calle cierta preocupación sobre el voto por correo para el 23 de julio, que se prevé masivo. La propia Junta Electoral ha hablado en su acuerdo del pasado día 8 de que existe "inquietud social" sobre esta forma de voto. ¿Hay algún 'agujero negro' en el procedimiento de voto por correo, algún vacío normativo, alguna práctica deficiente que respalde esa preocupación?
Absolutamente no. El sistema electoral, y concretamente lo que se refiere al voto por correo, es un sistema muy seguro. La Junta Electoral había venido interpretando la ley electoral en el sentido de que el elector se identifique con su DNI al solicitar la documentación para votar por correo y después al recibirla. Pero esa identificación no se exige por la ley de una forma expresa en el momento de ir a depositar el voto para que se remita por correo certificado a la mesa correspondiente. Esto podía tener alguna explicación en el sentido de que ya se obligaba al votante a ir a Correos una vez, algunos incluso dos veces, de modo que obligarle una tercera vez para entregar el voto podría provocar una cierta incomodidad. Además, el voto por correo, en realidad, no había planteado problemas importantes hasta ahora.
Sin embargo, en las últimas elecciones municipales, como consecuencia de algunas investigaciones policiales y judiciales, se transmitió a la ciudadanía eso a lo que se ha llamado una cierta inquietud social respecto de la seguridad del voto por correo. Esto llevó a la JEC añadir un requisito más, que es la identificación del elector en el momento de depositar el voto por correo, porque es evidente que incorpora un elemento de seguridad. Es verdad que esto puede suponer una cierta incomodidad, pero en principio tampoco es mayor que la de ir al colegio electoral a votar el día de las elecciones. No creemos que represente una incomodidad tan grande como para echar a nadie para atrás. Ese requisito ya se puso en práctica en las recientes elecciones municipales, concretamente en Melilla y en todos los votos que iban hacia Melilla desde otras ciudades. Y ahora lo hemos generalizado para transmitirle a la ciudadanía un elemento más de seguridad en el funcionamiento del sistema. No es una interpretación en contra de la ley, porque el texto literal permite perfectamente entenderlo así. Hasta ahora no se había hecho así. Pero las circunstancias de estas elecciones, que son muy particulares por la fecha en la que se van a celebrar, aconsejaban reforzar la seguridad no solamente para el funcionamiento objetivo, sino también para que la ciudadanía tenga la conciencia de que el voto por correo es un sistema perfectamente seguro.
Entonces, cuando el presidente de la JEC oye a determinadas fuerzas políticas o a algún líder o lideresa hablar de 'pucherazo' o de que es mejor el voto presencial porque no se puede estar seguro de lo que ocurre con el voto por correo, ¿le parecen manifestaciones lícitas, responsables?
No creo que sean verdaderamente responsables. No me atrevo a decir si son ilícitas, porque en época de campaña electoral todos podemos ver que se cometen excesos. Pero no me parece responsable introducir dudas sobre un sistema que ha demostrado que funciona correctamente.
¿Le pareció extraño que en la pasada campaña de las elecciones del 28M aparecieran de pronto, de forma simultánea, varios casos de presuntas tramas de fraude por correo?
El sistema del voto por correo no solamente es seguro porque en la ley electoral esté regulado de una manera determinada, sino también porque todo el sistema democrático se complementa con otro tipo de regulaciones. Y la regulación penal interviene cuando hay indicios de que algo extraño pueda estar ocurriendo, por ejemplo ante un aumento desmesurado, inesperado e inexplicable de las solicitudes de voto por correo en lugares donde ya había sospechas de que esto podía pasar. El inicio de investigaciones es perfectamente lógico y contribuye también a reforzar la seguridad del sistema, porque cuando pasa algo ligeramente anormal se reacciona tratando de verificar si efectivamente se está cometiendo un delito o si todo obedece simplemente a otras circunstancias.
¿La Junta Electoral tiene conocimiento de que se estén produciendo ahora peticiones anormalmente masivas de voto por correo en determinadas circunscripciones o ha recibido alguna alerta que apunte a indicios de algún fraude?
No. De momento no tenemos conocimiento de nada muy diferente al hecho de que las peticiones para votar por correo han aumentado, lo cual era previsible teniendo en cuenta la fecha de las elecciones.
Hay dos entidades que intervienen de forma relevante en el proceso electoral, Correos e Indra, que en pasadas elecciones han sido puestas en cuestión, sobre todo a través de mensajes viralizados en redes sociales, por estar de alguna manera en el ámbito de control del Gobierno.
Es una sospecha excesivamente genérica que no está apoyada por datos objetivos que pueden justificarla. Pensar que Correos, por la sola voluntad de una persona -su presidente- va a actuar cometiendo delitos, me parece algo que no tiene justificación ninguna. Correos ha demostrado que es un organismo que funciona con seriedad. Y, en el caso del procedimiento electoral, tiene a tanta gente involucrada que pensar que se les puede poner a todos de acuerdo para cometer un delito es una auténtica barbaridad. Si hay algún caso concreto de una acción delictiva, para eso están la jurisdicción penal y las autoridades correspondientes, que lo investigarán y perseguirán. Pero no me parece que haya ningún dato que pueda indicar que hay una especie de conspiración para hacer las cosas de una manera ilegal.
Y en cuanto a Indra, esta compañía no hace el recuento. El recuento se hace en las mesas electorales. Y los datos que recibe Indra, previamente se han contabilizado de forma pública en cada mesa electoral, en presencia de apoderados, interventores y de cualquier persona que quiera presenciarlo. Cuando se termina el recuento, el acta se tiene que exponer públicamente. Y todos los partidos reciben con inmediatez los datos y hacen sus cómputos. Si el resultado que después manejara Indra no coincidiera, se producirían reclamaciones inmediatamente, y para aclararlas siempre se van a terminar utilizando las actas de las mesas electorales, que son las que se envían a las Juntas Provinciales, órganos que hacen el escrutinio. Por lo tanto, la posibilidad de que Indra modifique esos datos es inexistente.
Algunos expertos electorales creen que hay aspectos mejorables. Por ejemplo, la cadena de custodia de los votos por correo. No está regulado en la legislación electoral dónde se depositan y quién los custodia hasta el momento de llevarlos a las mesas
Probablemente sería conveniente establecer algunas bases de cómo se tiene que realizar la custodia de esos votos. Porque es verdad que están bajo la custodia de Correos desde que se reciben hasta que los entregan a las mesas electorales el día de la votación. Establecer alguna previsión legal de que se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la custodia parece razonable. Eso ahora mismo no está en la ley. Hasta el momento no ha habido ninguna duda de que Correos siempre ha cumplido correctamente con la custodia de esos votos para garantizar que lo que recibe es lo que entrega. Nosotros estamos seguros, desde la Junta Electoral Central, de que Correos, probablemente atendiendo a la inquietud social que exista, hará públicas las medidas que toma para garantizar esta custodia.
La Junta Electoral Central ha acordado exigir la identificación con DNI de la persona que entregue en Correos un voto, sea el propio votante o sea la persona autorizada por el votante de forma expresa y documentada. Esto último ¿no puede abrir la puerta a actuaciones sospechosas, por ejemplo, que alguien de un partido llegue a Correos con 200 votos que ha recogido en una residencia de ancianos, los cuales le han firmado la autorización?
La JEC toma esta medida para facilitar el ejercicio del derecho de voto de personas a las que verdaderamente les resulte imposible o muy difícil desplazarse para entregarlo personalmente. Es cierto que, si se dieran esos casos, sería sospechoso. Pero lo importante es intentar establecer mecanismos que aporten seguridad, aunque sea por la vía disuasoria. La autorización no es un escrito hecho de cualquier manera; tiene que estar firmada por el autorizante, tiene que ir acompañada de una fotocopia del DNI o del documento identificativo del autorizante, y el autorizado tiene que llevar una acreditación que demuestre que tiene esa condición y, además, dejar una fotocopia de su documento de identidad o identificativo, que va a guardar Correos. De todos esos pasos queda constancia. Por tanto, cualquier entrega que levante sospechas es fácilmente investigable porque se tienen todos los datos de quién lo ha hecho. El elemento disuasorio puede ser eficaz.
La JEC también ha dado instrucciones para que las Juntas Electorales de Zona puedan excusar, como miembros de la mesas electorales, a quienes acrediten "perjuicios económicos o trastornos graves". Pero esos son conceptos indeterminados que pueden dar lugar a interpretaciones muy diferentes
En las Juntas Electorales de Zona hay jueces, y los jueces están acostumbrados a trabajar con conceptos jurídicos indeterminados. ¿Cómo se determinan? En función de las circunstancias de cada caso. Se puede considerar grave el perjuicio a una persona que vive con el salario mínimo y que ha pagado unas pequeñas vacaciones con un dinero que no va a poder recuperar si no las disfruta. Decir que eso no es grave por la cuantía es desconocer la realidad. Para esa persona es grave, y eso es lo que tiene que valorar la Junta de Zona. Para una persona con muchos recursos económicos perder 5.000 euros no puedo pedir que le guste, pero no podemos calificarlo probablemente como un perjuicio grave. Lo que les decimos a las Juntas de Zona es que aseguren la constitución de las mesas -ese es el objetivo principal- y que, a partir de ahí, actúen con flexibilidad y sentido común con quienes acrediten un perjuicio grave en función de sus circunstancias. No objetivamente grave con un baremo, sino grave en función de sus circunstancias.
Nunca ha habido unas elecciones generales en julio. Millones de personas votando a 40 grados, vacaciones, puente...¿No es una fecha disuasoria de la participación electoral?
No me corresponde valorar eso, pero sí puedo decir que le complica la vida a mucha gente. Y en una parte importante de España es muy previsible que el 23 de julio, sobre todo en las horas centrales del día, haga mucho calor. También hay que pensar que muchos colegios electorales no tendrán aire acondicionado. Es de esperar que entre el Ministerio del Interior y los Ayuntamientos busquen soluciones que permitan dulcificar ese día para las personas que pueden sufrir esos excesos de calor. Pero la JEC no puede hacer otra cosa que recomendarlo.
En su opinión, ¿la ley electoral debería regular los debates electorales? Esa confrontación pública entre los candidatos, ¿tendría que ser obligatoria, un deber democrático para los candidatos de explicar su gestión o de comprometerse a lo que van a hacer?
Si vemos las cosas desde el punto de vista de un deseo de perfección, probablemente la respuesta sería afirmativa. Pero es un valor casi entendido que las promesas en campaña electoral se hacen para no cumplirlas. A mí eso me sorprende enormemente, debería ser inadmisible, porque es precisamente en ese momento cuando los políticos ofrecen a la ciudadanía lo que van a hacer a cambio del voto. Pero la realidad nos dice que los debates electorales es algo que los políticos pueden hacer o no. Y la ciudadanía puede valorar el que los hagan o que no los hagan en el momento de elegir el voto que van a depositar en la urna.
¿Tendrían que ser obligatorias las 'listas cremallera' -no sólo la regla de la paridad en el conjunto de la lista- para favorecer la participación política de las mujeres en puestos relevantes?
Si lo que la ley dice es que las listas deben tener una composición paritaria, es para que el resultado tienda también a ser paritario. Porque lo que la norma pretende no es hacer una cosa decorativa y que simplemente en una candidatura aparezcan hombres y mujeres. Lo que pretende es que, efectivamente, haya paridad, lo que significa iguales posibilidades de llegar al resultado. Por lo tanto, puede ser a través del sistema cremallera o a través de cualquier otro sistema, pero siempre respetando lo que pretende conseguir la ley.
O sea, las listas cremalleras no serían imprescindibles
Creo que no serían imprescindibles, pero sí es imprescindible buscar la paridad.
¿La JEC le tiene manía a la portavoz del Gobierno, como algunos dicen? En cuatro ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros se ha ganado dos advertencias y la apertura de dos expedientes sancionadores.
No, no. Ni a la portavoz del Gobierno ni a nadie. La Junta Electoral Central es un órgano que funciona o intenta funcionar con una absoluta neutralidad. Y lo que ha hecho en esta campaña electoral y en la anterior, y lo que seguirá haciendo, es aplicar la doctrina que ha elaborado desde hace muchísimo tiempo. No se ha hecho ninguna innovación en atención a ninguna de las personas que son denunciadas ante la Junta, se aplican los mismos criterios.
Ayer fueron más benévolos con el ministro Bolaños
No. La doctrina de la JEC también dice que, salvo que sea una actuación especialmente grave, la Junta suele advertir antes de abrir un expediente, porque se entiende que en determinados momentos puede haber una salida de tono o una situación en la que el político entienda que está dentro de los límites. Entonces, en la primera ocasión en la que la Junta determina que ha habido una vulneración, lo que hace es advertir. Es lo que ha ocurrido con el ministro de la Presidencia.