La Fiscalía del Constitucional (TC) ha criticado la decisión de la Sala de Vacaciones de este tribunal de inadmitir, en agosto y de forma urgente, el último recurso de Carles Puigdemont.
En un escrito firmado por el fiscal jefe del TC, Pedro Crespo, el Ministerio Público señala que "no existía urgencia real" ni un "riesgo inminente" para tomar esta decisión en un mes inhábil, como lo es agosto.
El pasado 9 de agosto, el Constitucional inadmitió el recurso de amparo presentado por Puigdemont, el expresident de Cataluña fugado de la Justicia, contra la decisión del Tribunal Supremo de mantener su orden de detención nacional. Es decir, el político sería arrestado si pisa España.
Según expone el fiscal del TC en su escrito, fechado el 1 de septiembre, la decisión de la Sala de Vacaciones del tribunal de garantías "no ha sido adoptada ni en el tiempo ni por el órgano que de acuerdo con la ley aseguran su legitimidad constitucional, o, lo que es lo mismo, garantizan que tal decisión es fruto del legítimo ejercicio de la jurisdicción constitucional".
"Dada la inexistencia de riesgo inminente, la Sección de Vacaciones carecía, por tanto, de competencia para decidir sobre la admisión o inadmisión del recurso de amparo. Este debería haber seguido el sistema ordinario de reparto y resolución de asuntos vigente en el Tribunal Constitucional", ha señalado.
Por ello, Crespo solicita que se anule ahora la decisión ya tomada en agosto y que sea el Pleno del Tribunal Constitucional —que cuenta con una mayoría considerada progresista, a diferencia de la Sala de Vacaciones, de mayoría conservadora— el que resuelva sobre el recurso de Puigdemont próximamente.
"La importancia trascendental de que la inadmisión, si procede, sea acordada por el órgano competente para ello resulta directamente de la esencia constitucional de la configuración, organización y funcionamiento de la jurisdicción constitucional", indica el escrito. Dicho recurso no pudo interponerse durante el mes de agosto, al ser inhábil. No obstante, tal y como informó EL ESPAÑOL, la Fiscalía ya avanzó que se opondría a la decisión de la Sala de Vacaciones.
El recurso de Puigdemont —y lo mismo sucedió con el de su exconseller Toni Comín, también fugado en Bélgica— fue resuelto por la Sala de Vacaciones, dado que los propios demandantes pedían la medida cautelarísima de dejar en suspenso la decisión del juez Pablo Llarena, instructor de la causa contra el procés en el Supremo.
A juicio de la mayoría de la Sala de Vacaciones, era preciso resolver sobre esta cuestión con urgencia ante la hipótesis de que alguno de los dos prófugos volviese a España en verano.
Ahora bien, el fiscal señala en su escrito que se trata de dos personas "que, notoriamente, llevan años en el extranjero eludiendo la acción del órgano judicial que acuerda su privación de libertad".
"Dada la inexistencia de riesgo inminente, la Sección de Vacaciones carecía, por tanto, de competencia para decidir sobre la admisión o inadmisión del recurso de amparo", concluye.
"Los razonamientos jurídicos recogidos en el auto [de la Sala de Vacaciones] recurrido no justifican debidamente, a la vista de la normativa aplicable, la competencia de dicha Sección para adoptar tal resolución, de modo que, en virtud de una argumentación meramente formal y no ceñida a la finalidad procesal de esa normativa, el referido auto excede el ámbito material de jurisdicción que, con carácter excepcional y por razones de urgencia, corresponde a dicha Sección", critica el fiscal jefe del TC.
Laura Díez
Su criterio coincide con el de la magistrada Laura Díez, la ex alto cargo de Moncloa y antigua asesora de la Generalitat que accedió al Tribunal Constitucional en 2022 a propuesta del Gobierno de Pedro Sánchez.
El pasado 9 de agosto, la Sala de Vacaciones, de la que Díez formaba parte, votó sin unanimidad.
Los magistrados César Tolosa y Concepción Espejel optaron por la inadmisión del recurso de Puigdemont, al considerar que sí debían dar respuesta al asunto, de forma cautelar. Laura Díez redactó un voto particular considerando que el órgano que debía resolver sobre este asunto era el Pleno del Tribunal Constitucional.