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El TC rechaza el recurso del PSOE sobre la revisión de los votos nulos en Madrid: adiós al escaño 11

La Sala Segunda avala por unanimidad el criterio del Tribunal Supremo y de la Junta Electoral, que negaron que hubiera base para recontar las papeletas.

12 septiembre, 2023 10:30

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha acordado este martes, por unanimidad, desestimar el recurso en el que el PSOE pedía que se examinaran de nuevo los 30.000 votos nulos registrados en la circunscripción de Madrid en las elecciones generales del 23-J.

La Sala ha votado favorablemente la ponencia presentada por la magistrada Laura Díaz Bueso, que finalmente proponía el rechazo del recurso del PSOE de acuerdo con el criterio del fiscal y respaldando las resoluciones del Tribunal Supremo y de la Junta Electoral Central.

En todas estas instancias se denegó la pretensión del PSOE al no existir un derecho incondicionado a volver a revisar votos nulos que no fueron impugnados en las mesas electorales y respecto a cuya anulación no hay indicios -ni siquiera sospechas- de irregularidad. 

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EL PSOE admitía en su recurso que no tenía razones para dudar de la declaración de nulidad de las 30.000 papeletas cuyo reexamen pretendía, pero subrayaba que había quedado a 1.341 votos de lograr su undécimo escaño en Madrid. Un diputado clave, porque hubiera permitido al PSOE no necesitar el voto afirmativo de Junts, sino su mera abstención, para la investidura de Pedro Sánchez.

No obstante, según explicó la Junta Electoral Provincial de Madrid, la probabilidad de que el PSOE recuperara ese escaño tras una eventual revisión de los votos nulos era prácticamente inexistente.

La probabilidad media de que la JEP valide votos nulos no supera el 6%, lo que, en el caso de las elecciones del 23-J, equivaldría a 1.814 votos a distribuir entre todas las candidaturas. Extrapolando los resultados obtenidos por cada una de las listas, de esos 1.814 votos al PSOE le corresponderían solo 508.

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El asunto fue controvertido desde que llegó al TC. La admisión a trámite del recurso prosperó por cuatro votos frente a dos y la ponente del asunto, la exalto cargo del Gobierno Laura Díez, necesitó pedir un segundo dictamen a un letrado de su confianza -antes destinado en la Moncloa, donde fue subordinado de la ahora magistrada del TC- para defender la aceptación de la demanda de amparo. El primer informe, elaborado por una experimentada letrada del tribunal, proponía la inadmisión.

La Sala ha confirmado una doctrina ya consolidada del TC según la cual es necesario que la candidatura que propugne un nuevo recuento de votos nulos tras el escrutinio acredite un motivo o, al menos, una sospecha de que la declaración de nulidad de las papeletas fue incorrecta y afecta al derecho fundamental a acceder a un cargo público representativo".