Lucía Figar, en una imagen de archivo./

Lucía Figar, en una imagen de archivo./ E.E.

Tribunales

La Audiencia exonera definitivamente de Púnica a Lucía Figar y rechaza el recurso de Anticorrupción

La Sección Penal Cuarta confirma el archivo del proceso para la exconsejera madrileña de Educación, que ha estado encausada ocho años.

28 septiembre, 2023 18:24

La Sección Cuarta de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de las fiscales anticorrupción Carmen García Cerdá y María Teresa Gálvez contra la decisión del juez instructor del caso Púnica, Manuel García-Castellón, de archivar las diligencias respecto a Lucía Figar, exconsejera de Educación de la Comunidad de Madrid entre 2007-2015.

La Sala ha desestimado igualmente los recursos interpuestos por el PSOE y Adade en una resolución contra la que no cabe recurso alguno, por lo que la exoneración de Figar es definitiva.

Lucía Figar ha estado sometida al proceso judicial ocho años. El 4 de junio de 2015, a las 48 horas de ser citada a declarar como investigada en la Audiencia Nacional, dimitió de su cargo.

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Al cabo de los años se ha concluido en el mismo sentido que su defensor, Carlos Aguilar, ya sostuvo la primera vez que pidió el archivo de las diligencias, en 2017: los contratos para realizar trabajos de reputación que la Consejería de Educación suscribió con empresas de Alejandro de Pedro y pagados con fondos públicos por un importe total de 58.872 euros no se orientaron a la "reputación, personal o política, de la consejera sino a la reputación y el conocimiento y difusión de las políticas de la Consejería en las redes sociales". Fueron trabajos efectivamente realizados, que ella misma entregó en el Juzgado para que comprobara su contenido y cuya facturación fue fiscalizada por la Intervención.

Las fiscales anticorrupción encargadas del caso Púnica insistían en su recurso de apelación en que se habían utilizado fondos públicos en financiar "subrepticiamente" un trabajo De Pedro para mejorar la reputación de Figar con "carácter personal", no institucional. 

La Sala rechaza esa tesis: "No ha quedado evidenciado que los informes reputacionales emitidos lo fueran para preservar o favorecer
con carácter personal a la investigada", señala.

"De la prueba documental y pericial parece desprenderse lo contrario, ya que los mismos estaban relacionados con el cargo que ostentaba como consejera de Educación de la Comunidad de Madrid, no constando, por el contrario, informe o nota alguna relativa a la actividad personal de aquella, con las dificultades de deslinde
entre la persona, el cargo y la función anteriormente expuestas".

La Audiencia Nacional confirma el criterio del instructor y concluye que las referencias contenidas en los informes de reputación "lo son a la política de la institución, sin perjuicio de las actuaciones personales llevadas por aquella en la representación institucional que encarnaba".

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El proceso penal también se ha archivado definitivamente respecto del es director de prensa de la Consejería de Educación Pablo Balbín y el empleado de comunicación y director en 2014 de la Fundación para el Conocimiento Madri+D Luis Sánchez Álvarez.

También han quedado exonerados el exalcalde de Alcobendas Ignacio García de Vinuesa y la empleada de este consistorio María Teresa Alonso-Majagranzas.