Un juzgado de Madrid ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) por el que se concedió licencia urbanística para las obras necesarias para acometer las exhumaciones de la Basílica del Valle de los Caídos, ahora denominado Valle de Cuelgamuros.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Madrid ha anulado ese acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, como demandaban los recurrentes, entre los que se encuentra la Fundación Francisco Franco.

Ese mismo juzgado ya suspendió de forma cautelar la licencia en noviembre de 2021, una decisión que revirtió posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una resolución que este mes de marzo avaló el Tribunal Supremo.

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La sentencia llega después de que este verano hayan empezado los trabajos forenses para exhumar a 128 víctimas del Valle de Cuelgamuros. Se trata de un nuevo obstáculo para el cumplimiento de la resolución judicial que en 2016 reconoció el derecho de los familiares de los hermanos Lapeña a recuperar sus cuerpos.

La jueza Eva María Bru Peral explica en su sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en este procedimiento judicial no se ha tratado de determinar "si pueden o no hacerse las obras en la basílica", sino establecer "el instrumento jurídico a través del cual deben realizarse".

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Es decir, si las obras en los accesos a las criptas de la basílica debieron autorizarse mediante una licencia de obras, como estableció el acuerdo de la localidad, o a través de un plan especial.

Tras examinar el caso, la magistrada afirma que, debido a la "complejidad" de las obras, reconocida en la descripción del proyecto, estas "entraban en el ámbito de un plan especial", pese a los "esfuerzos de Patrimonio Nacional" por encajarlas "dentro de una mera licencia de obras".

Porque, explica, una licencia de obras "está supeditada" a trabajos de "mantenimiento, consolidación, recuperación o rehabilitación".

Sin embargo, en este caso, la arquitecta redactora del proyecto hablaba de "obras de reforma", en las que se incluían trabajos de ampliación "y las ampliaciones están expresamente prohibidas para ser autorizadas a través de licencias, por la protección integral del Bien".

La jueza ha detectado "falta de motivación" en el informe del arquitecto municipal, que no realizó "una valoración y calificación de las obras", sino que se limitó a "reproducir la normativa municipal y los datos existentes en el proyecto que fue presentado por Patrimonio Nacional", dando por válida la calificación, "lo que a su vez conlleva un Acuerdo municipal carente de motivación", que es un "copia y pega" de aquel informe.

Este mes de junio comenzaron por fin los trabajos forenses para exhumar a 128 víctimas de Cuelgamuros en cumplimiento de la sentencia histórica de 2016.