La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha recurrido el auto del juez que imputó a Carles Puigdemont y a Marta Rovira en el caso Tsunami Democrátic. El magistrado Manuel García-Castellón considera que los hechos investigados —como el colapso del Aeropuerto de El Prat— pueden constituir delitos de terrorismo y atribuye responsabilidad a estos dos líderes independentistas y a otros tantos.
El fiscal de esta causa, Miguel Ángel Carballo, discrepa. Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, el Ministerio Público no cree que dicha organización independentista estuviese organizada ni que cometiese actos de terrorismo.
"Tsunami Democràtic, en lo que se ha podido acreditar en el procedimiento, no
deja de ser un más que un perfil de Twitter y, en su fase más avanzada, una app diseñada para acceder a códigos QR que permitiera el conocimiento de comunicados emitidos por esa supuesta entidad", reza el recurso de la Fiscalía, que deberá ser respondido por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
"Aquí no hay grupo ni organización, sino un perfil en las redes y postreramente
una app o aplicación informática para teléfonos móviles", resume. Pese a ello, el recurso insiste en que dichas condiciones no permiten atribuir a la plataforma independentista el carácter de "organización" o "grupo criminal".
"En los presentes hechos no se han acreditado ni jerarquías, ni distribución de
funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo... No se ha logrado, de existir, identificar verdaderos jefes o vértices de la organización Tsunami Democràtic, apreciándose en todo caso una actuación coral", concluye.
"Incluso la cuestión de la app es significativa: no se lanza hasta el día 15 de octubre de 2019, cuando la acción del aeropuerto de El Prat, la más importante, ya se había desarrollado el día inmediatamente anterior, el 14 de octubre de ese año", analiza.
Asimismo, el Ministerio Fiscal critica gran parte de las "apodícticas" conclusiones del informe de la Guardia Civil en el que García-Castellón se apoyó para dirigir la causa judicial contra Puigdemont, Rovira y otros líderes independentistas.
"La existencia de un nivel directivo no puede sostenerse por la mera manifestación de uno de los investigados que se refiere a otro preguntándole 'si el gran jefe sabe un poco quién soy yo…'", señala el recurso del fiscal. "Ello resulta sumamente insuficiente (...), sin que se conozca quién es tal líder ni se aclare de qué lo era", critica.
El Ministerio Fiscal también cuestiona aspectos clave del auto en el que el juez imputa a Marta Rovira, secretaria general de ERC. García-Castellón la sitúa como "coordinadora" de la plataforma independentista y como enlace entre la misma y la cúpula de su partido.
"Este Ministerio entiende que no está en absoluto acreditado en los informes incorporados a las actuaciones labores de coordinación de la plataforma Tsunami Democràtic", señala la Fiscalía.
"Las actuaciones que se le atribuyen carecen de toda entidad delictiva, más allá de su simpatía o apoyo a la plataforma. Su intervención en diversos chats en
los que coincide con alguno de los investigados no acredita mayor participación", reprocha.
Sobre la imputación de Puigdemont, el fiscal Carballo señala que es "el único" al que el juez dedica una "mínima, aunque escasa, motivación".
Pero matiza: "Cabe decir que los indicios que se consignan resultan insuficientes para ello". "Ya de por sí resulta significativo que en el informe policial (...) no se le dedique ningún apartado o capítulo ni se le atribuyan hechos concretos en relación con actividades delictivas relacionadas con Tsunami Democràtic", cuestiona.
"Examinados los fundamentos en tal sentido de la resolución impugnada [el auto que imputa al expresidente catalán], es claro que de los mismos no puede establecerse conjetura alguna respecto de la responsabilidad penal en el presente procedimiento de la citada persona", añade.
"A juicio de este Ministerio, dicha inacción revela la intangibilidad de la imputación
recurrida, dados los argumentos expuestos para ello", señala el fiscal, tras criticar que el juez instructor manifiesta en su auto que la investigación sobre la participación de Puigdemont debería continuar para aclarar sus responsabilidades.
"Resulta sorprendente que tras cuatro años de investigación se refiera al caso
de autos como 'la fase inicial en la que nos encontramos, no habiéndose
agotado la investigación' y sin que, sin embargo, no acuerde ninguna diligencia que
pueda profundizar en tal participación", expone.
Carballo considera "cuando menos ingenuo" el ofrecimiento del juez a Puigdemont de comparecer voluntariamente en esta investigación, acompañado de su abogado. El fiscal recuerda que el expresidente catalán es "una persona prófuga de la Justicia".
A renglón seguido, la Fiscalía reprocha que el juez, por el hecho de que Puigdemont asistiera junto a otros líderes independentistas a una reunión en Suiza en agosto de 2019, infiera que dichas citas serían un cónclave fundacional de Tsunami Democràtic.
"Se cita [en el auto] una reunión en Ginebra donde se presupone, sin fundamento
alguno, que trataría el tema de la plataforma Tsunami, celebrada los días 29 a
31 de agosto de 2019. Ello no resulta sino una mera presunción, basada en el
mero hecho de que tres días después se publicase en Twitter por primera vez un perfil relacionado con tal plataforma", afea el fiscal al juez.
Según expone la Fiscalía, la reunión en Ginebra se centró en abordar la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes del procés, pese a que el proyecto de Tsunami, antes incluso de ser hecho público, causase simpatías entre la cúpula independentista.
Asimismo, el fiscal Carballo critica que el auto de García-Castellón recoja el fallecimiento de un viajero francés producido a la vez que los disturbios ocasionados en el asalto a El Prat, organizado por Tsunami en octubre de 2019. El juez señaló en su resolución que el avance de la investigación permitiría abordar si dicha muerte es achacable o no a la plataforma independentista y sus líderes. El turista extranjeros murió de un ataque al corazón tras tener que andar varios kilómetros debido al corte de los transportes.
"No es posible atribuir a ninguno de los investigados fallecimientos, lesiones o daños, puesto que, incluso admitiendo la participación de alguno de los investigados en la convocatoria y la promoción de actos como la ocupación del Aeropuerto de El Prat o el corte del puesto fronterizo de la Junquera, en ningún caso cabe atribuir a los investigados, la previsión de muertes o lesiones ni de daños materiales", razona la Fiscalía.
El fiscal señala que los destrozos fueron provocados por "personas no identificadas". Y "ni siquiera por todas las personas presentes en los lugares de los acontecimientos".
Desórdenes públicos
Las fuentes consultadas por este periódico revelan que la Fiscalía de la Audiencia Nacional sí hubiese sido partidaria de calificar los hechos investigados como un delito de sedición, pero el Gobierno de Pedro Sánchez la suprimió del Código Penal a finales de 2022 y la sustituyó por el de desórdenes públicos agravados.
En definitiva, la postura de la Fiscalía es la siguiente: una vez derogada la sedición, los actos cometidos por Tsunami Democràtic que están siendo investigados por el juez García-Castellón no pueden ser considerados como terrorismo, sino, únicamente, como desórdenes públicos.
Desórdenes públicos sin más apellido, ya que el magistrado sí abrió la puerta a calificar los hechos investigados como "desórdenes públicos terroristas". El fiscal se opone a ello, ya que para que dicho delito se cometa, es necesario que se produzca al amparo de una organización. Y le deniega tal condición a Tsunami Democràtic.
"Lo que no cabe es confundir el grupo u organización criminal con la connatural actuación colectiva del delito de desórdenes públicos", razona el recurso. "No se encuentra en las actuaciones vestigio alguno de incitación o planificación por parte de los investigados respecto de los gravísimos incidentes de orden público que ocurrieron en Barcelona con ocasión de la sentencia del Tribunal Supremo [contra el procés], en los que los enfrentamientos con la policía fueron de importante gravedad, produciéndose lesiones y graves daños materiales", señala el documento.
Por ello, el Ministerio Público es partidario de que esta investigación no corra a cargo de la Audiencia Nacional —el tribunal encargado de investigar, como competencia exclusiva, los actos de terrorismo— sino de un juzgado de Barcelona.
De hecho, fuentes fiscales detallan a EL ESPAÑOL que próximamente la Fiscalía iba a solicitar por escrito que el llamado caso Tsunami Democràtic fuese derivado a la Ciudad Condal. Sin embargo, este lunes, en plenas negociaciones entre el PSOE y JxCAT para amarrar la investidura de Pedro Sánchez, el juez optaba por imputar a Carles Puigdemont, a Marta Rovira y a otras nueve personas.
La Fiscalía cree que "dichas diligencias parece que más bien podrían tener como objetivo llegar a constatar la existencia de alguno de los delitos diferentes al de
desorden público (...) y que ello llevase a soslayar, para calificar los hechos como de terrorismo, la inexistencia de una organización o grupo terrorista".
"A juicio de este Ministerio, sólo pueden resultar indiciariamente acreditados en relación con alguna de las personas objeto de imputación, los delitos de desórdenes públicos", concluye.