Por orden de la Audiencia Nacional, la Policía investiga si Abderrahmane Tahiri (más conocido como Mohamed Achraf) está en Marruecos, su país natal. Se trata del yihadista condenado en 2008 a 14 años de prisión por formar parte de una célula radical e idear un plan para, precisamente, volar con explosivos la Audiencia Nacional.
La Justicia trata de localizarle, ya que debe volver a ser juzgado por otra causa judicial distinta. En este caso, por supuestamente liderar el llamado frente de cárceles yihadista. Ahora bien, ya ha sido absuelto en dos ocasiones por ello. Pero, tal y como avanzó EL ESPAÑOL, el pasado mes de junio, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ordenó repetir el juicio. Y la Policía trata de localizarle desde hace varios meses, tras haber constatado que no está en España.
Primero, los agentes le buscaron, sin éxito, en Francia. Y ahora hacen lo propio en Marruecos, en colaboración con las autoridades del país.
En junio de 2023, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ordenó que se repitiese el juicio contra los presos que ensalzaban la yihad a través de las cartas que se enviaban clandestinamente de unas cárceles a otras, en las que estaban internos tras haber sido condenados por otras causas.
Los miembros del llamado frente de cárceles yihadista ya fueron exonerados en dos ocasiones, pero el tribunal, en sintonía con la Fiscalía, apreció una "clara incoherencia" y "quiebras ilógicas" en el segundo fallo absolutorio y ordenó que fuesen juzgados otra vez.
Junto a Abderrahmane Tahiri, deberían sentarse en el banquillo, de nuevo, Mohamed el Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed y Abdelah Abdeselam Ahmed.
Tras ser absueltos todos ellos en una primera ocasión, la Fiscalía recurrió. Cuando los acusados fueron exonerados por segunda vez, el Ministerio Fiscal volvió a impugnar el fallo.
La Sala de Apelaciones le dio la razón, al detectar "una clara incoherencia que genera pura arbitrariedad" y apreciar "irracionalidad", "insuficiencia" y varias contradicciones en esta última sentencia. Por ello, ordenó un nuevo juicio. Y la Audiencia Nacional encargó entonces a la Policía que localizase a Tahiri. Los agentes, por el momento, han descartado que se encuentre en Francia. Y ahora le buscan en su país natal.
La segunda absolución
"Parte de premisas inexistentes o patentemente erróneas, y, por supuesto, contradictorias entre sí. Sigue un desarrollo argumental que incurre en quiebras ilógicas de tal magnitud que las conclusiones alcanzadas no pueden considerarse basadas en ninguna de las razones aducidas", reprochó la Sala de Apelaciones sobre el segundo fallo absolutorio.
Los cuatro acusados fueron juzgados por, supuestamente, conformar un grupo terrorista en las cárceles en las que estaban internos. Lo habrían hecho, principalmente, a través del envío de cartas entre ellos en las que loaban al Estado Islámico (Daesh).
El tribunal de la Audiencia Nacional que les absolvió la primera vez tomó esta decisión al considerar que no existían pruebas de que hubiesen conformado un grupo yihadista. "A pesar de la vehemencia de muchos de los textos religiosos que enviaban y recibían", admitía aquella sentencia.
Tal y como avanzó este periódico, la Fiscalía apreció "contradicciones claras" entre los hechos probados de aquella resolución y el fallo. Por ello, un tribunal diferente al que les juzgó la primera ocasión tuvo que redactar una nueva sentencia. Pero esta segunda resolución volvió a exonerarles. Y la fiscal del caso insistió: apreció "arbitrariedad" e "irracionalidad en la motivación" del nuevo fallo.
Loas al Daesh
En la segunda sentencia, los magistrados volvieron a defender la absolución de Tahiri, El Gharbi, Abdesalam Mohamed, Abdesalam Ahmed y Zamzami. Y reprocharon que los informes policiales que analizaron las misivas que se intercambiaron los internos eran "meras interpretaciones de los funcionarios investigadores, sin tener en cuenta la esencia y los requisitos de los cargos criminales dirigidos contra los acusados".
Según concluyeron los jueces a inicios del pasado febrero, esas cartas eran las propias de presos condenados por delitos vinculados al terrorismo, por lo que el tribunal vio lógico su contenido salafista. A juicio de este segundo tribunal, aquellas misivas no suponían, en ningún caso, la conformación de un grupo yihadista.
Ahora bien, la Sala de Apelaciones apreció graves contradicciones en la segunda sentencia. "Los dos últimos párrafos de los hechos probados señalan que la emisión desde el centro penitenciario de las misivas no implicaba intención de favorecer las acciones de la organización terrorista Daesh, ni alentar a otros internos a conocer o difundir ideología que propiciara la futura práctica de acciones terroristas", señaló la Sala de Apelaciones.
"Pero, párrafos más arriba, [la segunda sentencia absolutoria] describe acciones que contradicen ese aserto final: el uso reiterado y constante por los acusados de los anagramas y expresiones del aparato de propaganda del Daesh, que ellos difunden entre presos tanto por delitos comunes como por terrorismo; la constante labor de emisión y recepción de cartas —mayoritariamente, por métodos clandestinos a través de circuitos no oficiales, alejados del control del centro penitenciario donde estaban internos—, (...) repitiendo la argumentación que han usado para aparecer como víctimas de los colectivos contra los que han venido usualmente atentando", comparaba.
Entre otros elementos, las misivas intercambiadas entre los presos incluían banderas del Estado Islámico o se congratulaban de las victorias militares de este grupo terrorista en Siria. Alguna incluía nasheeds, versos para infundir ánimos a los combatientes yihadistas.
[La Fiscalía ve "claras contradicciones" en la absolución del 'frente de cárceles yihadista']
Abderrahmane Tahiri, cuando se produjeron aquellos hechos, estaba en la cárcel de Estremera (Madrid) cumpliendo la condena que la Audiencia Nacional le había impuesto en 2008: un total de 14 años de prisión por el delito de integración en un grupo terrorista que, según la Justicia, encabezada. Y como líder, habría trazado un plan para volar con explosivos, la Audiencia Nacional.
Tahiri había huido de España el 17 de diciembre de 2002 y el Juzgado Central de Instrucción número 5 ordenó detenerle. Finalmente, fue arrestado en Suiza y entregado a las autoridades españolas en octubre de 2005 para ser juzgado.